ENTREVISTA
La abogada Claudia Hasanbegovic cree que la reforma del Código Civil es auspiciosa, pero que hay que tener cuidado para no dejar huecos en donde se cuele la violencia de género. También considera que se debería acorralar a quienes no pagan alimentos con normas más estrictas, ya que es un delito de acción pública y que la Justicia tendría que denunciar a los morosos y sacarle esa carga a las madres que forman hogares monomarentales. Claroscuros de un proyecto que ya ha empezado a discutirse en ámbitos legislativos.
› Por Luciana Peker
Los arrobitas son su alegría. Son sus dos hijos, adoptados hace un año, que ya le reclaman cuando ella pisa el palito del lenguaje no sexista y que viven en los cuartos que ella soñó, con un apodo que va más allá de lo soñado y tiene que ver con la democratización en la crianza de niños y niñas. Claudia Hasanbegovic es docente de la Universidad de San Martín, doctora en Políticas Sociales y abogada. Pero, además, una de las letradas que está mirando el filo de los riesgos del proyecto de reforma al Código Civil. Ella ve varias grietas por donde la violencia de género, los padres que no pagan cuota alimentaria o los abusadores sexuales podrían aprovecharse de una reforma con buenas intenciones. “El Código Civil es importante para cada una de nosotras y nosotros, porque regula las relaciones en lo más íntimo y preciado que son las relaciones familiares”, subraya.
–Hay algunas cosas bastante positivas. Por ejemplo, al introducir medidas de procedimiento con relación al incumplimiento de alimentos, el proyecto dice que el juez podrá tomar medidas razonables. Aunque yo creo que el texto tendría que decir que el juez deberá iniciar la denuncia penal porque hoy existe una alta tasa de violencia económica y de no pago de alimentos. Esa es una propuesta que hemos enviado desde distintos ámbitos. No pagar cuota de alimento para los hijos es un delito de acción pública. Entonces, el juez debería estar obligado a iniciar la acción penal correspondiente y a remitir los datos a los registros de deudores morosos. Si el juez ve que pasan tres cuotas que el padre no cumple, estaría obligado a ejercer la denuncia. Eso sería bueno porque liberaría a las mujeres de la carga emocional de denunciar al padre de los hijos. Se tendría que obligar a cumplir con las leyes que existen. El tema es que el Código parte de la base que las parejas se separan en buenos términos y no siempre es así.
–Lo nuevo son las normas de procedimiento que introduce el proyecto de reforma del Código Civil en materia de alimentos, por la vía más rápida, en donde se aceptan como testigos familiares y amigos, entre otras cosas. Esas son medidas positivas. También tiene en cuenta el trabajo doméstico como contribución a los alimentos y que, al momento de la separación, se establezca una compensación por ese trabajo. Además se da una cuota de solidaridad cuando en una pareja convivieron hijos anteriores de la pareja, aunque no sean hijos biológicos. Son todos cambios positivos.
–En el taller Mujeres, Maltrato infantil y explotación infantil del Encuentro Nacional de Mujeres (en Posadas, Misiones) y en el Equipo de Investigación Feminista en Género, Derecho y Justicia Social (Equifem) surgió que se pueden seguir haciendo aportes al cambio además de los que están presentados. En casos de violencia, las medidas cautelares de protección se pueden extender a los testigos, docentes o profesionales que intervienen.
–La importancia de la extensión de las medidas cautelares tiene que ver con la efectividad de estas medidas para terminar con la violencia y que no solamente la mujer, sino todo su entorno y quienes están interviniendo puedan protegerla. Hay numerosos estudios que muestran que la violencia contra la mujer no se frena con la denuncia, sino que continúa. El 75 por ciento de los femicidios sucede durante los primeros doce meses desde que la mujer decide separarse, según estudios en Gran Bretaña, Canadá y Estados Unidos. Es el período en el que más atención hay que prestarle a la mujer. Y también se sabe que una de las formas de violencia de los agresores es la manipulación de los hijos, la lucha por las visitas y el no pago de la cuota alimentaria.
–Es una forma de castigar a la mujer o una estrategia para obligarla a volver con él. En la Argentina tenemos un panorama de la dimensión de este problema y vemos que es muy frecuente y que hay muchos pedidos de alimentos provisorios y tenencia provisoria por parte de las mamás que denuncian. Igual, como sociedad, nos tenemos que plantear un cambio revolucionario en la concepción de los alimentos, porque sigue siendo el embargo del sueldo o de bienes registrables el único remedio jurídico cuando tenés una sociedad con un 40 por ciento de trabajo en negro y no hay modo de cobrarlo. El Estado debe garantizar realmente el pago de alimentos. Hay que tener en cuenta que el 10 por ciento de la población, más de cuatro millones de familias, viven en hogares monomarentales. Una de las causas de la pobreza de estas familias es el no pago de la cuota alimentaria o el pago espaciado o no adecuado a los cambios de la inflación. Se quedan afuera y afuera de verdad: en la calle. El Estado tiene que poner los ojos sobre estas familias porque son un porcentaje importante de la sociedad y son las más vulnerables. El control de que se cumpla con los alimentos tiene que ser gubernamental, no lo puede hacer cada mujer.
–Hemos sabido de abogados, peritos y psicólogas que intervinieron en casos de violencia de género o abuso sexual infantil que han sido golpeados o atacados. Muchos de estos profesionales terminan renunciando a estos casos. Eso muestra la indefensión en la que está la mujer y todo su entorno. El Estado tiene que intervenir para frenar la violencia. No intervenir implica ponerse del lado del agresor, porque si no el agresor se empodera. En este sentido, el proyecto del Código Civil tiene que ser reforzado.
–Teniendo presente que la mujer que hace la denuncia de violencia no está sola y que el agresor va a continuar maltratándola a través de métodos como dañar a los profesionales que la apoyen –incluidos los medios de comunicación– o a sus hijos. Y acá es fundamental erradicar el mito del buen padre. Un padre que maltrata a la madre de sus hijos no es un buen padre. Los ha lesionado a ellos también.
–No es así. Hay una forma de tortura específica que es la tortura familiar. En la dictadura secuestraron a mamás con sus hijos para que ellos vean la tortura y quebrarlas. Ahora existe un tipo de violencia masculina en manos de un padre que humilla, golpea, insulta o mata a su mamá. La primera tortura es en el ámbito público y la otra en el ámbito privado, pero los impactos psicológicos que provocan son devastadores. Hay una cantidad de niños y niñas que están viendo asesinadas a sus madres en femicidios. Por eso, también se tendría que incorporar la pérdida de la patria potestad por haber atentado contra la vida de su madre o ser causante del femicidio.
–La forma en que está escrito el Código contempla las separaciones en buenos términos y tener la opción de pedir que un juez o jueza le dé categoría jurídica a la tenencia compartida no está mal. Lo que veo problemático es que el proyecto establece la obligatoriedad para todo caso en donde no hay acuerdo sobre la tenencia (llamado plan de co-parentalidad) y, entonces, el juez está obligado a fijar la tenencia compartida y si una de las partes se opone tiene que justificarlo con hechos concretos. Yo creo que es problemático porque en un caso que una mamá está amamantando a un bebé y no llegaron a ningún acuerdo va a tener que pagar a un abogado y decir por qué no quiere que pase tres días con el papá y cuatro con ella. Podrán decir que es una cuestión de sentido común, pero en derecho el sentido común tiene que estar por escrito. Eso en un caso simple. En una situación donde hubo violencia nunca va a existir acuerdo. Los niños y los alimentos van a ser una forma de continuar con la violencia.
–Eso está previsto en un artículo del proyecto para decir que si el papá aportaba más que la mujer durante la convivencia él va a tener que pasar alimentos para los días que estén con la mamá. Pero eso va a depender de en qué buenos términos se hayan separado. Yo propongo que se agreguen normas teniendo en cuenta las separaciones y divorcios causados por la violencia masculina contra la mujer y los niños, como la extensión de las medidas cautelares y prohibir la tenencia masculina en los casos de violencia. Hay varios proyectos de tenencia compartida impulsados por asociaciones de varones. ¿A quién va a beneficiar? Hay un grupo de padres que, por su actuación, se nota que están bien organizados, que dicen que están alejados injustamente de sus hijos, pero nunca dicen por qué están alejados, y sabemos que es muy difícil que el juez o la jueza niegue el contacto si no hay razones muy importantes que hacen a la protección de las criaturas. Y para considerar a quién se le da la tenencia hay que tener en cuenta que los hombres violentos tienen serias deficiencias como padres. La tenencia compartida, en situaciones de desequilibrio de poder, beneficia al más poderoso. Si se busca que los varones ejerzan una paternidad más responsable tendrían que cumplir con las visitas y, en el caso de no cumplir, perder la patria potestad.
–Con el incesto lo primero que notamos es que no está prohibido. El artículo 647 del proyecto prohíbe el maltrato corporal y psicológico a niños y niñas. Pero yo considero que debe agregarse que se prohíbe el incesto y cualquier forma de abuso sexual infantil. En los casos de incesto la tenencia y las visitas siempre son los temas centrales. La mamá protectora pide que se suspendan las visitas cuando su hijo o hija le refieren que han sido abusados y, del otro lado, le piden un cambio de tenencia. Las mamás que sufren estas situaciones cuentan qué difícil es para ellas mantener la tenencia y qué terrible sería si ellos ya tienen el derecho a la tenencia compartida, porque probar el abuso sexual infantil es muy difícil. Se piden testigos en delitos que se hacen, a propósito, sin testigos. Existe el mito del buen padre y entonces aun cuando los niños hablan parece que solamente las mamás les creen: se las trata como locas o alienadoras.
–Hay muchos profesionales de distintas disciplinas que utilizan teorías que no han sido validadas científicamente, que buscan deslegitimar lo que los niños dicen, cuando lo que dicen los niños es que han sido abusados por sus papás. El proyecto tiene otro gran potencial porque habla de que se los debe escuchar. Creo que tiene que ir un paso más adelante y explicar qué significa escuchar a un niño y prohibir las prácticas judiciales que –desoyendo lo que dice el niño o niña– los fuerzan a terapias de revinculación que los obligan a ver a un papá que los niños o niñas no quieren ver por la acusación que les han hecho. Cuando una criatura no quiere ver al padre es preferible que no se vea forzado a hacerlo. Se está corriendo el riesgo de que vuelva a ser abusada. La Justicia muchas veces por tecnicismos (como no tener testigos porque es muy difícil encontrar testigos si un papá tocó a su hija en la privacidad del cuarto) no sanciona. Pero hay que creer en las criaturas. Y entre el derecho del padre a ver a su hija y el derecho de la niña a no volver a ser maltratada, hay que proteger a la criatura.
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