Vie 29.08.2003
las12

por ninguna razón

Por María José Lubertino *

En lo concreto y cotidiano, muchas prácticas, usos y costumbres en nuestro país siguen discriminando a quienes no tienen la orientación sexual hegemónica o a quienes su identidad de género los/las hace diferentes de su biología. En toda sociedad hay sectores intolerantes y uno de los desafíos de la democracia es convivir con ellos. Pero es muy preocupante cuando las estructuras de poder tienen actitudes discriminatorias, no respetan las diferencias y excluyen a los que piensan o actúan de otra manera.
Un ejemplo de ello lo constituyen las declaraciones del arzobispo de la diócesis de Luján, Rubén Di Monte, que cargó el pasado 7 de agosto contra los homosexuales diciendo que “son detractores, enemigos de Dios, insolentes, arrogantes, vanidosos, hábiles para el mal, rebeldes con sus padres, insensatos, desleales, insensibles, despiadados y a pesar de que conocen el decreto de Dios que declara dignos de muerte a los que hagan estas cosas, no sólo las practican, sino también que aprueban a los que las hacen”. En sentido similar se manifestó el obispado de San Rafael, Mendoza, pidiendo a través de un documento la derogación de la unión civil en la Ciudad de Buenos Aires.
Estas dos afirmaciones responden a la campaña lanzada desde el Vaticano el 31 de julio pasado en cuyo documento se afirma que la “homosexualidad es un fenómeno moral y social inquietante” y que el ejercicio de la homosexualidad “es un desorden moral grave”, en flagrante contradicción con lo dispuesto por los organismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas conforme lo establece la Declaración y Programa de Acción sobre Derechos Humanos (Viena 1993).
En la Argentina y en el mundo, toda confesión religiosa tiene derecho a expresar sus puntos de vista en materia de legislación y políticas públicas pero ninguna doctrina religiosa puede ser invocada como fundamento para violar los derechos humanos básicos o discriminar a otras personas en el marco del Estado de derecho vigente.
Sin embargo, más allá del repudio social de las actitudes discriminatorias, los Estados son los responsables de garantizar el efectivo disfrute de todos los derechos humanos por parte de todas las personas. En este sentido, aunque la Argentina es firmante de todos los tratados de derechos humanos en la materia que forman parte de la Constitución Nacional desde 1994, cotidianamente se cometen aberrantes situaciones de discriminación contra las “minorías sexuales” en el ámbito del trabajo, la salud, la educación, el sistema judicial y hasta la privación arbitraria de la libertad a partir de edictos policiales inconstitucionales aún vigentes en distintas provincias. Muchas de estas prácticas son cometidas por el propio Estado y encuentran sustento ideológico en prejuicios religiosos.
El cumplimiento de la obligación de los Estados de garantizar en forma activa la no discriminación con pretexto de orientación sexual ha sido exigida por el Comité de Derechos Humanos –organismo de control del Pacto de Derechos Civiles y Políticos– en el caso “Toonen c/Australia” (1992), donde se reclamó “remediar el trato desigual en todas las áreas de la vida”. El comité ha exhortado a los Estados a incluir en sus Constituciones la prohibición de discriminar con fundamento en la orientación sexual. En el mismo orden, se han expedido la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales Sumarias o Arbitrarias (1999), el Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2000), el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Tortura(2001) y el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria (2002).
Argentina está en franca violación de las obligaciones internacionales y constitucionales en materia de derechos humanos, pues no existe todavía una legislación nacional que garantice la no discriminación de personas gays, lesbianas, travestis, transexuales y bisexuales (GLTTB). De los veinticuatro textos constitucionales provinciales, sólo la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prevé una norma expresa, a cuya redacción contribuí en 1996 cuando fui constituyente porteña.
Por eso, es necesario, al menos, la inclusión de la prohibición de discriminación con pretexto de “orientación o preferencia sexual” y de “identidad o expresión de género” en la Ley Antidiscriminatorio 23.514 y en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. He presentado sendos proyectos en la Cámara de Diputados para modificar dichas leyes, pues se torna imprescindible en la medida que aún suceden violaciones hasta por parte del Estado y que no existe una correcta aplicación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Propiciamos estas reformas legales teniendo presente la “universalidad” de los derechos humanos consagrada en la “Declaración y Programa de Acción de Viena” (1993) donde se afirma que “todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí (...) Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”. (punto V) Con ello se persigue erradicar los prejuicios que, cosechados en la ignorancia, alimentan la intolerancia. Prejuicios donde se moldean y forman los comportamientos discriminatorios. Si bien el reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos es lento en el mundo entero, la situación es aún más aguda en países como el nuestro donde la religión y la cultura han construido una visión dicotómica y maniquea de las relaciones entre mujeres y varones y de sus sexualidades.
Desde hace años en el Instituto Social y Político de la Mujer luchamos por el reconocimiento de los derechos de las personas GLTTB y por la integración de la diversidad humana. Logramos concretar algunos de estos objetivos en el marco jurídico de la Ciudad de Buenos Aires. Ahora necesitamos del apoyo de la sociedad en su conjunto para que el Congreso de la Nación sancione estas reformas que no hacen más que operativizar en el derecho interno las normas internacionales que asumió el Estado argentino y que permiten sancionar a quienes discriminan sea cual fuere el poder que detenten.

* Diputada Nacional por la Ciudad
de Buenos Aires.

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