› Por María Elena Barbagelata *
Hay leyes que son transformadoras de la realidad y, en ese camino, se inscriben las leyes de cupo femenino en cargos públicos electivos. Son también las más resistidas. Desde el año 1991, la ley de cupo para cargos electivos nacionales ha posibilitado transformar el Congreso nacional tanto en lo cuantitativo —pasamos de una Cámara de Diputados con un 4 por ciento de mujeres a una que ronda el 30 por ciento— como en lo cualitativo: la agenda legislativa incluyó temas trascendentes para la igualdad de género nunca antes discutidos.
No menos importante es la transformación política de las Legislaturas provinciales, muchas de las cuales fueron sancionando sus leyes de cupo. Pese a estos avances, en estas elecciones vemos que siguen existiendo graves retrocesos, con interpretaciones partidarias y judiciales que resisten la aplicación integral de sus normas, acotando y restringiendo su vigencia en perjuicio de las candidatas mujeres.
Desde aquel año 1991, las reglamentaciones han ido perfeccionando su texto. En una primera etapa, la Cámara Nacional Electoral sostenía que bastaba que la primera mujer ocupara el cuarto puesto en la lista para tener por cumplido el cupo, argumentando (en fallos con votos divididos) que el primer lugar era indiferente y debía excluirse del cómputo a los efectos del cupo, como si fuera un lugar asexuado. El tercio, por consiguiente, comenzaba a computarse desde el segundo lugar, quedando la primera mujer ubicada en el cuarto, lo que desvirtuó durante muchos años la plena vigencia de la ley de cupo. El decreto reglamentario vigente es muy claro y ya no puede caber duda alguna: cuando la agrupación política no renueva o renueva una o dos bancas, la mujer debe ir ubicada como mínimo en el segundo lugar. Asimismo se explicita que no pueden ubicarse tres varones seguidos en la lista de candidatos. Pese a su claridad, los embates contra el cupo no se detienen.
En San Luis, por ejemplo, el juez y la Cámara electoral provinciales impusieron, en contra de la decisión de la propia agrupación política, una lista de candidatos que quedó integrada en los primeros tres lugares por varones, relegando a las mujeres a ocupar del cuarto lugar en adelante, sin posibilidad de resultar electas. Estos fallos han sido apelados y se encuentran a estudio de la Corte de la provincia, corriendo el riesgo de que, ante la falta de resolución a tiempo previo a las elecciones, este criterio quede firme. No ha sido el único embate contra el cupo; en la Ciudad de Buenos Aires, una agrupación presentó la lista con tres varones seguidos que, apelación mediante, fue revocada por la jueza electoral, restableciendo el cupo.
Este camino es un claro ejemplo de negación de los derechos políticos. No se trata de privilegios. Se trata de asumir que nos comprometimos a construir una democracia con igualdad.
* Diputada nacional (mandato cumplido) y apoderada nacional del Partido Socialista.
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