CLASIFICADOS
› Por Roxana Sandá
¡A poner los chicos/as a resguardo que se vienen las producciones de verano! Pasó el invierno paidófilo de Dady Brieva pidiendo a una pequeña que le mostrara “la bombachita” por TV y el de Marcelo Tinelli acompañando a hacer pis a un niño cámara en hombro, cual reality. Ya dejaron de emitirse los desequilibrios emocionales de chicuelos/as ante la cara desencajada (y adviértase que a esta altura de las cirugías se trata de un logro) de Susana Giménez. Para esta canícula, la convocatoria infantil de productoras televisivas apunta a la temporada 2006, y en ese caldo los creativos arden por contratar nenes y nenas a troche y moche. Como cualquier tamaño es bueno cuando de menores se trata y contra firma de padres/madres, en la misma bolsa serán apreciados bebés, niños/as, púberes y adolescentes. Y a esas familias embarcadas en castings interminables, agobiantes y sobre todo abusivos por lo excesivos, se les mentirá diciéndoles que sus hijos e hijas serán incluidos y visibles ante los ojos del mundo. Jamás se les admitirá que en verdad el trabajo infantil y sus efectos, aun en espacios que se pretenden cool, como la televisión vernácula, convierten a esas criaturas en los excluidos e invisibles de sus casas, de sus vínculos sociales, de la escuela y del propio entorno familiar. Son pocos los espasmos de conciencia, como el que tuvo que bancarse la semana pasada el peluquero Roberto Giordano, que todavía patalea incrédulo porque no entiende cómo, teniendo el consentimiento firmado de los padres, no pudo “utilizar” (sic) a chicas menores de 15 años para sus desfiles. No se sabe si por una cuestión de caja o de principios, lo cierto es que este año las autoridades del Instituto Nacional del Niño y del Adolescente del Uruguay (INAU) le pusieron los puntos a Robertito. “La reglamentación nacional e internacional dice que el trabajo de los adolescentes está habilitado de los 15 años para arriba”, arrojó el representante del organismo, Roberto Arévalo. Reforzando (y según Unicef), se considera que un menor trabaja si se encuentra en la siguiente clasificación: a) Niños y niñas que durante la semana realicen por lo menos una hora de actividad económica o por lo menos 28 horas de trabajo doméstico. b) Niños y niñas de 12 a 14 años que durante la semana realicen por lo menos 14 horas de actividad económica o por lo menos 42 horas de actividad económica y trabajo doméstico combinados. Y a no sucumbir entre cantos de sirenas, que las producciones fotográficas para marca
s de ropa infantil ultrafinas también constituyen delito de explotación laboral.(Versión para móviles / versión de escritorio)
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