La cámara porteña revirtió el fallo de primera instancia
y amparó a la Casa Carriego, en plena demolición por
licitación del Ministerio de Cultura porteño. Un fallo
impecable y muy bien fundado.
› Por Sergio Kiernan
Fue un fallo realmente impecable y lúcido que corrigió doctrinariamente el quiebre de la primera instancia, anticuada y lenteja. La cámara porteña no sólo les dio la razón a los que pedían un amparo para que la casa de Evaristo Carriego no fuera destruida y ordenó el freno inmediato de las “obras”. El escrito legal además razonó con tino, tomó el concepto más moderno y rápido de preservación del patrimonio del que disponemos en esta Buenos Aires y dejó al descubierto qué agachada es que un ministro de Cultura ordene y pague un acto de vandalismo. Nada mal.
El amparo fue pedido por Marcelo Charlon, María Cristina Souto, Ricardo Castañeda y Mónica Capano, lo que quiere decir que fue pedido por los vecinos de Palermo, por el Consejo Consultivo de la comuna 14 y por el Observatorio de Patrimonio y Políticas Públicas, con el patrocinio de Pedro Kesselman, un patriota de estas causas. Formalmente, pedían el inmediato cese de las tareas adjudicadas por la licitación pública 2119/12 que afectaba la Casa de Evaristo Carriego, en la calle Honduras 3784, también conocida como Casa de la Poesía y como Biblioteca Pública del sistema municipal. También pedían que si se habían iniciado tareas de demolición o remodelación, se retrotrajera el edificio a su condición original, antes del desmán.
La jueza de primera instancia no entendió nada y hasta escribió en su fallo que “en el estado incipiente en que se encuentran las actuaciones, no se advierte la existencia de un proceder manifiestamente arbitrario” del gobierno porteño, para citar una zoncera que recoge en particular la cámara. De hecho, la jueza hasta duda de que haya una obra en el lugar, solamente porque todavía no habían empezado a tirar abajo paredes y ambientes. La cámara tomó la apelación de los amparistas, entre otras cosas porque una licitación adjudicada y publicada es indicativo más que suficiente de que efectivamente va a haber una obra. Los vecinos denunciaron además que ya había obreros en la casa de Carriego.
Con la vista concedida, para usar la jerga específica, el escrito cuenta con los elementos legales que mandan preservar el patrimonio, que son de peso: la Constitución de la ciudad, el Código de Planeamiento Urbano, el catálogo preventivo y –cosa muy meritoria de la cámara– la Ley 1227, que tantos jueces parecen tener fiaca de leer e interpretar. Con estos elementos, estos jueces determinaron claramente y sin dudas que la Casa Carriego es una pieza patrimonial e histórica y que le cabe entonces la protección legal de rango constitucional.
Luego de repasar la doctrina del amparo preventivo, el tribunal reflexiona sobre “el peligro en la demora” que puede sufrir la vieja casa. Y lo hace con extrema sencillez, citando el pliego de obras escrito por el gobierno porteño que paga por “ampliar, remodelar y actualizar” el edificio, con cosas como rampas para discapacitados y un baño nuevo, que implica demoler todo el fondo de la casa. También se ordena y se paga por retirar los pisos de madera y calcáreos, y cambiar el techo de chapa y ladrillo por uno de viguetas de hormigón, además de construir una escalera de hormigón en el patio. Sólo se habla de restaurar la fachada, sin cambios.
El tribunal se detiene, en el párrafo X de su fallo, en una formidable contradicción entre este tratamiento –transformar la Casa Carriego en una cáscara con la fachada original– y el rango legal e histórico que le da el propio gobierno porteño que ordena y paga la obra. Resulta que ya en 2010 el Consejo Asesor en Asuntos Patrimoniales se negó a catalogar la casa por considerarla un sitio histórico con un nivel de protección muy superior bajo la Ley 1227. Lo mismo dijo la Dirección General de Patrimonio Instituto Histórico, el jefe de Gabinete y el mismo ministro de Cultura que mandó hacer la licitación.
Final: se hace lugar a la apelación, se revoca la primera instancia favorable al gobierno porteño, se concede la cautelar y no hay costas.
Los vecinos festejaron “con enorme placer”, como dijo un comunicado esta semana, y agradecieron a los medios que los apoyaron en su causa. Lo que falta ahora es determinar qué va a pasar con la casa Carriego, porque el Ministerio de Cultura ya logró demoler una parte, además de remover elementos originales. Curiosamente, lo primero que destruyeron los contratistas fue la famosa piecita en la terraza en la que el poeta reo se encerraba a escribir y donde compuso sus Misas herejes.
Desde aquí una propuesta: que el Ministerio de Cultura acepte que se equivocó y reconstruya con materiales acordes –nada de pretensados de hormigón– la casa y la deje en paz. Esto no es sólo porque allí vivió Carriego entre 1897 y 1912, buena parte de su muy breve vida, sino porque gracias a la anomia de su propio gobierno ya van quedando muy pocas casas chorizo en esta Buenos Aires, con lo que sería “cultural” preservar una de propiedad pública. Ya se sabe que Hernán Lombardi es ministro de Cultura sólo de nombre y por zafar a Mauricio Macri de un papelón, y lo único que entiende es lo que toca su especialización empresarial en turismo, como el Mundial de Tango. Pero tal vez algún asesor le podría explicar lo que tiene que hacer. La opción es seguirle el juicio y hacer que pague de su bolsillo la restauración, de modo que quede jurisprudencia sobre el costo personal de hacer como que no existen las leyes.
A todo esto, se notó en este caso el silencio acomodaticio de las entidades que se dicen defensoras del patrimonio. Por ejemplo, del Icomos, que tiene un cómodo asiento en el Caap y hasta publicó en 2011 una bonita Guía de Recorridos Borgeanos de Buenos Aires, firmada por Estanislao Martínez Iriarte. En sus páginas 86 y 87, la guía habla de la casa de Carriego y explica su importancia para el poeta. Hasta hay una foto de Borges ante la casa y tocando la reja del ventanal. El Icomos guardó un perfecto silencio ante el desmán de Lombardi.
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