VALE DECIR
Ha ocurrido antes: que alguien postee imágenes en redes sociales que ofenden la susceptibilidad de alguno y la sensibilidad lleve al fotógrafo amateur a debatir responsabilidades en la Justicia. Pero, ahora, un caso lleva el nivel de paranoia un escaloncito más arriba. Ocurre que en España, una madrileña tuvo que escuchar cómo la Audiencia Provincial la condenaba con mil euros de sanción y ocho días de arresto domiciliario por publicar en su cuenta de Facebook una foto donde usaba una remera con el lema “Mi ex marido es gilipollas”. Evidentemente lo era, porque el otrora esposo denunció a la mujer de 40 años por “daño moral”... y ganó.
Aunque ahora se ha dado a conocer el caso, el trajín comenzó a fines de 2010, cinco años después de que la pareja se hubiese divorciado. Fue entonces cuando la ibérica se sacó unas fotos con la camiseta y las subió a su red. Al enterarse de que las imágenes molestaban al ex, las retiró de inmediato. Pero ya era tarde; la esperaban en el tribunal. “En el juicio sólo me preguntaron si yo era la que aparecía en las fotos, pero no pude explicar que a ellas sólo podían acceder las personas que aparecían como amigos, no cualquiera que navegara por Internet”, explicó la señora.
Al parecer, para el magistrado el acceso restringido era irrelevante; lo importante era que las fotos eran “penalmente reprobables”. “Es incuestionable que la palabra gilipollas atenta contra la dignidad del perjudicado y menoscaba su fama”, sentenció la Justicia y definió las imágenes como “muda violencia”. Uno diría que todo el asunto es una gilipollada; pero por temor a la legalidad española mejor afinar el vocabulario. ¿Cuántos euros por definirla como “una tontería”?
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