Dom 06.04.2003
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PáGINA 3

Definiciones

POR OMAR ABBOUD

Con irregular frecuencia sale a la venta el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia, publicado por la editorial Espasa Calpe. En la última edición, la vigésima segunda, correspondiente al año 2001, no aciertan del todo con las definiciones, o por lo menos, con aquellos términos que dejan lugar a dudas. Tal es caso del término “fundamentalismo”, que la Academia define en primera instancia como: “Movimiento religioso y político de masas que pretende restaurar la pureza islámica mediante la aplicación estricta de la ley coránica a la vida social”.

1 Esta definición es discutible desde varios puntos de vista. El Fundamentalismo fue un movimiento conservador surgido entre los protestantes en los Estados Unidos a finales del siglo XIX. Tenía como rasgos esenciales e indiscutibles del cristianismo las siguientes creencias: la infalibilidad de la Biblia; el nacimiento virginal y la divinidad de Jesucristo; su sacrificio en la cruz como expiación de los pecados de la humanidad; la resurrección física y la segunda venida de Cristo, así como la resurrección física de los creyentes.
El Fundamentalismo se propagó durante la década de 1920 y se arraigó fuertemente en áreas rurales, de forma muy especial en California, en los estados fronterizos y también en el sur de los Estados Unidos. Los fundamentalistas describieron con claridad el tema de la infalibilidad bíblica en asuntos históricos y científicos. La controversia sobre el tema se hizo más intensa en la esfera secular cuando exigieron a muchos gobiernos estatales que aprobaran una ley para prohibir la enseñanza de la Teoría de la Evolución de las Especies en las escuelas públicas. Algunos estados, como el de Tennessee, la aprobaron. El decreto de Tennessee llevó en 1925 al proceso –que alcanzaría un gran eco internacional– de John Thomas Scopes, un profesor de enseñanza secundaria que fue acusado de enseñar la evolución y desafiar la ley. En 1968, el Tribunal Supremo de Estados Unidos sentenció que era inconstitucional.
El concepto de fundamentalismo designa, en primer lugar, la variante americana de una actitud antimodernista que se manifiesta de forma diversa en la teología de los siglos XIX y XX. El movimiento fundamentalista interpreta la secularización como expresión de una decadencia originada por el darwinismo y el pensamiento científico-natural. Frente a éstos, esta corriente se guía por los principios que emanan de las Sagradas Escrituras, de inspiración verbal divina.
Los movimientos y las agrupaciones fundamentalistas, que difieren entre sí, intentan sentar a través de los denominados congresos bíblicos una base común que les permita: “mantenerse en estado de guerra permanente contra toda forma de modernismo”. En esta lucha por la “ortodoxia” se acaban produciendo, sin embargo, procesos inquisitoriales y cismas.
Por analogía con este fenómeno propio de la historia eclesiástica americana, el ámbito teológico alemán y escandinavo ha calificado de fundamentalista la actitud de rechazo impulsivo de la exégesis históricocrítica y la tendencia a plantear la dogmática enfrentada a ésta.
El Diccionario de Filosofía de José Ferrater Mora (Editorial Ariel, Barcelona, 2001) habla de fundamentalismo como traducción de “Fundamentalism” –tendencia de los que siguen literalmente las enseñanzas de la Biblia– y define el término dentro del concepto filosófico de “fundacionalismo”.
Como hemos señalado, el concepto proviene de un movimiento religioso que surgió en el siglo XIX en Estados Unidos. ¿Significa esto que todo fundamentalismo tiene una raíz religiosa? Desde luego que no. Pero entonces, ¿en qué consiste realmente el fundamentalismo religioso? Sería demasiado superficial afirmar que es cualquier movimiento que se denominea sí mismo fundamentalista, como los fundamentalismos en América o los fundamentalismos islámicos.
En el Islam, por ejemplo, el fundamentalismo representa, en principio, una determinada escuela científica y de investigación dentro de las ciencias del islamismo (usuliyun). Los teólogos que se dedican a ella estudian las fuentes primarias y los fundamentos (usul) de su religión, que son el Corán y la Sunna. Se trata de teólogos que pueden estar, desde luego, abiertos a otras religiones y culturas. De ningún modo hay que confundirlos con los grupos o los partidos políticos que se titulan islámicos radicales o con algunos movimientos islamistas que también reclaman para sí la denominación de fundamentalistas.

2 Así, la referencia al Islam de la definición del Diccionario de la Real Academia demuestra un contenido tendencioso.Decir que alguien pretende restaurar la “pureza islámica” es incurrir en un error que hasta podemos tildar de histórico. Todos sabemos que la fuente más importante y reguladora de la vida del musulmán es el Sagrado Corán. Entre otras cosas inherentes a su propia naturaleza y que el creyente conoce, podemos citar el hecho de que si se toma un ejemplar coránico de hace 1300, 1000 o 600 años y se lo compara con uno impreso el mes pasado, no vamos a observar ninguna diferencia, siquiera en un punto; es decir: la pureza islámica no necesita ser restaurada porque jamás perdió su condición de tal. Quizá pierdan la pureza islámica algunos creyentes, pero éste es un juicio que no nos compete.
La ley islámica no sólo se nutre de la fuente coránica sino también del ejemplo profético, el consenso de los sabios y de la razón humana. Hablar de aplicar la ley coránica a la vida social es incurrir en un error, ya que la jurisprudencia islámica jamás contradice la ley coránica, pero sí regula otros aspectos de la normativa legal que no se encuentran detallados en El Libro.
Por otra parte, e independientemente de su procedencia, ¿qué otra forma de aplicar la ley existe que no sea estricta? Todos sabemos del “dura lex, sed lex”, un principio que no es precisamente coránico. Si una ley determinada no se va a aplicar en forma estricta no es una ley; será otra cosa, pero no una ley. En este punto, la recomendación para el musulmán atañe a su actitud con el credo a través de la palabra del profeta Muhammad: “Los preceptos de la religión son flexibles. Aquel que impone severidad en ellos es vencido por ellos”.
El problema que se plantea al aceptar la definición de la Real Academia es que será fundamentalista aquel que practique la normativa del Corán o pretenda conducirse con ella en su vida social. Más preciso es definir “fundamentalismo” como un adjetivo que califica tendencias o movimientos determinados, en forma aislada o dentro de grupos ya establecidos, con las características de intransigencia o sometimiento ya definidas. El hecho de que muchos medios utilicen “fundamentalismo” como sinónimo o palabra cercana al Islam no implica que ese uso sea correcto.

3 No se puede definir el término en cuestión y relacionarlo con el Islam de forma tan categórica. Tampoco se puede negar que hay movimientos con esta tendencia dentro del Islam, como los hay también en otras religiones, movimientos políticos y hasta políticas estatales.
En todas las religiones han surgido grupos que van más allá de la ortodoxia y actúan en ámbitos políticos y sociales tratando de imponer sus verdades en abierta oposición a cualquier forma de convivencia. Además, los últimos acontecimientos están demostrando quiénes son en realidad los verdaderos fundamentalistas, y quiénes pretenden hacer prevalecer la moral de la artillería más pesada. En la edición citada, el prólogo del Diccionario de la Real Academia dice en la página 27: “... era necesario cumplir la obligación estatutaria de mantener actualizado el cuerpo de la obra en cuanto a los términos en ella registrados. Por otro lado se ha puesto en práctica la idea tradicional de ‘verter el vino viejo en odres nuevos’, acomodando en lo posible todo ese contenido en la estructura fijada por la Nueva Planta”.
La próxima vez que estos señores decidan reescribir el diccionario de nuestra lengua “vertiendo el vino viejo en odres nuevos”, tendrán que cuidar que no se derrame mucho en el camino o elegir con cuidado a quien lleve a cabo esa tarea, de modo de no incurrir en definiciones de visión borrosa.

El autor de esta nota es secretario de Cultura del Centro Islámico de la República Argentina.

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