Vie 15.02.2008
rosario

SANTA FE

Los Comités de Salud y Seguridad en Trabajo más cerca de ser ley

El Ejecutivo provincial remitió el proyecto a la Legislatura. Los comités podrán realizar periódicamente inspecciones preventivas e incluso disponer la paralización de tareas.

El gobierno provincial envió ayer a la Legislatura, para que sea tratado en las sesiones extraordinarias, el proyecto de Ley a través del cual se crearán en Santa Fe los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo, con participación de trabajadores y empleadores. Estas comisiones mixtas se conformarán en todas las empresas que funcionan en la provincia, sean públicas o privadas, con un cronograma de acuerdo al rubro y la dimensión de la firma. Los comités podrán realizar periódicamente inspecciones preventivas e incluso disponer la paralización de las tareas en caso de peligro grave e inminente para la salud o vida de las trabajadores. "Esta iniciativa es una herramienta clave para asegurar la prevención, para pasar de la cultura del papel a la de los hechos concretos. Nadie bien intencionado se puede oponer", planteó a este diario el ministro de Trabajo, Carlos Rodríguez para quien los Comités "no deben ser pensados como ámbitos de confrontación sino como un espacio para encontrar consensos".

La semana pasada, tras la fatal explosión en un horno de Acindar, en Villa Constitución que causó dos muertos, el gobierno había denunciado a la empresa por haber priorizado la productividad por sobre la seguridad laboral. De inmediato, las autoridades del Ministerio de Trabajo anunciaron la decisión de la cartera de sancionar en Santa Fe la ley que permite la creación de los comités mixto de seguridad e higiene.

Ayer, el ministro Rodríguez y la viceministra Alicia Ciciliani remitieron la iniciativa en cuestión a la Legislatura con la firma del gobernador Hermes Binner. "Esperemos que la ley salga pronto, para poder avanzar en la prevención y evitar accidentes y muertes", dijo Rodríguez a Rosario/12 para después mencionar un dato contundente: que en lo que va del año en Santa Fe murieron ya cinco trabajadores en funciones.

Rodríguez recordó que "todos los países del Mercosur tienen ya legislaciones vigentes como la que estamos proponiendo. La OIT lo ha recomendado insistentemente porque el aporte de los trabajadores es vital para asegurar una verdadera prevención. Llegó el momento de que quienes ponen el pellejo tengan derecho a defenderlo".

El proyecto establece que el ámbito de aplicación de la norma serán "todas las empresas (extractivas o productivas, agropecuarias, industriales o de servicios) privadas o públicas de cincuenta o más trabajadores, radicadas en la provincia de Santa Fe". Asimismo, "cuando el establecimiento emplee entre 5 y 49 trabajadores, se elegirá un delegado﷓trabajadora de Salud y Seguridad en el Trabajo que tendrá idénticas funciones y atribuciones que el Comité". Además, el Ministerio podrá exigir la creación en empresas con menos de 50 empleados por el riesgo de la actividad en cuestión.

Entre sus funciones y atribuciones se destaca que los Comités deberán

"velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes en la materia, realizar periódicamente inspecciones preventivas destinadas a la detección y eliminación de riesgos, participar en la elaboración y aprobación de un programa anual de prevención de riesgos de la salud de los trabajadores, evaluar periódicamente el programa anual de prevención de la empresa, hacer su balance anual y proponer las modificaciones o correcciones que estime necesarias" y hasta "disponer la paralización de las tareas en caso de peligro grave e inminente para la salud o vida de las trabajadores y proponer las medidas a ser adoptadas para su eliminación y la consecuente reanudación de las tareas".

Los Comités deberán comenzar sus actividades conforme al siguiente cronograma: dentro de los 90 días para la industria de la construcción,

entre 91 y 150 días el sector manufacturero, entre 151 y 210 días en las actividades rurales, entre 211 y 270 días para servicios y comercio,

dentro de los 271 y 310 días para el sector público. Si vencido ese plazo no se hubieran constituido, la autoridad de aplicación de oficio o a pedido de las partes, dispondrá su constitución.

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