SANTA FE › AGRAVAMIENTO DE SU SALUD
El coronel Juan Orlando Rolón ya está en libertad. El ex jefe del Area 212 y máximo responsable de la represión en Santa Fe en el período más sangriento de la dictadura fue excacelado por orden de la Cámara Nacional de Casación Penal ante "el agravamiento ostensible de su salud", afectada por una enfermedad terminal que lo obliga a permanecer postrado en su casa y con la asistencia de un respirador. Pero ahora, un nuevo dictámen médico firmado por una forense del Poder Judicial de Nación, Mabel Padró, que lo revisó el viernes, cuando le notificaron la excarcelación sugiere que Rolón tampoco estaría en condiciones de ser sometido al juicio oral y público ante el Tribunal Oral de Santa Fe que debería juzgarlo por "privación ilegal de la libertad" y "tormentos" en más de una decena de casos.
La excarcelación de Rolón ya había sido rechazada en dos instancias: primero, por el conjuez Ricardo Lazzarini y luego, por la Cámara Federal de Rosario. Pero la Cámara Nacional de Casación Penal la concedió, en un fallo unánime de la Sala 3, formada por los vocales Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci. La misma sala que a principios de mayo otorgó la prisión domiciliaria al ex comandante del III Cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, a pesar de estar condenado a prisión perpetua.
La resolución de la Cámara que benefició a Rolón fue conocida el jueves 21 de mayo y notificada al día siguiente, en su casa, en el coqueto barrio de Villa Setúbal. Sin embargo, la excarcelación no se otorgó bajo caución juratoria porque el represor no estaba en condiciones de prestar juramento y, por lo tanto, notificarse de los límites que impone esa figura, por ejemplo, la imposibilidad de ausentarse de la ciudad sin conocimiento del Tribunal Oral que debe juzgarlo.
Casación dispuso la libertad de Rolón por "el agravamiento ostensible de su salud", según confirmó a Rosario/12 el abogado querellante, Jorge Pedraza. "No lo declaran incapacitado para ser sometido a juicio, pero sostiene que por el estado en que se encuentra, no hay posibilidades de que se pueda sustraer al accionar de la justicia, es decir, que se pueda fugar", explicó.
El fallo se fundamentó "en un informe de dos peritos forenses del Poder Judicial de la Nación que dice que (Rolón) padece una enfermedad terminal que lo obliga a permanecer postrado y con la asistencia de un respirador", dijo Pedraza. Pero, el viernes se agregó un segundo informe médico, firmado por otra forense del Poder Judicial de la Nación, que sostiene que Rolón tampoco está en condiciones de ser sometido a juicio. "Ese es un elemento nuevo, porque la Cámara de Casación no había dicho que no puede ser sometido a proceso. Eso lo dice la doctora Padró, después de revisarlo en su casa, el viernes al mediodía, cuando intentan que preste caución juratoria que, finalmente, no lo puede hacer porque no tenía conciencia plena", explicó el abogado.
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