SANTA FE › ERA LA PRIMERA VEZ QUE TENíA UNA SALIDA TRANSITORIA
El hecho tiene como protagonista al editor de la revista "Ciudad Interna", en cuyas páginas se denuncian los atropellos intramuros de los guardiacárceles. "No se puede hablar de un fracaso del sistema", dijo el secretario de Asuntos Penitenciarios.
› Por José Maggi
El caso de un preso "emblemático" de la cárcel de Coronda, que este año fue trasladado a la Unidad 3 de Rosario, y que decidió no regresar en su primera salida transitoria, está siendo utilizado como un ariete para terminar con el régimen de libertad asistida. El hecho tiene como protagonista a David Cuccia o Jorge Andrés Crespillo, quien era el editor de la revista Ciudad Interna, en cuyas páginas se denuncian los atropellos intramuros del Servicio Penitenciario y de la propia justicia. Es justamente a todos ellos a quienes les servirá más que a nadie que no haya regresado. Es el ejemplo al que recurrirán los impulsores de leyes "blumberianas", que terminarán con los objetivos de resocialización. En diálogo con Rosario/12, el secretario de Asuntos Penitenciarios, Leandro Corti, salió al cruce de las críticas, remarcando que "hoy en Santa Fe tenemos 200 internos que gozan de salidas transitorias y no regresan solo entre el 3 y el 4 por ciento de ellos. No se puede hablar entonces es un fracaso del sistema".
El director de Régimen Correccional de la provincia, el alcaide mayor Marcos López Castro, confirmó que Cuccia no regresó al instituto de detención de Rosario U 3, aunque aclaró que "si bien formalmente se trata de una "evasión, desde el Servicio Penitenciario no lo tomamos como una fuga".
El interno partió el domingo 31 de mayo por 14 horas, a una casa de Rosario. Salió a las 8 de la mañana y tenía que presentarse a las 22. Era la primera salida bajo la nueva modalidad, que en vez de una custodia de civil por 3 horas, lo dejaba al cuidado de un familiar durante medio día. Transcurridas 6 horas de ausencia, desde el Servicio Penitenciario radicaron el "pedido de captura" en la seccional 6ª.
La Ley Nº 2466, en su artículo Nº 17 establece que el condenado que llega a la mitad del tiempo de cumplimiento de pena está en condiciones de peticionar las salidas transitorias. Y Cuccia era uno de estos casos previstos por la ley, claro que "previo a solicitar dicha concesión se hace una propuesta que va acompañada por un informe del director del instituto donde está alojado", recordó López Castro.
Corti remarcó que "las salidas transitorias previstas por la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad, es un derecho del preso en función del tránsito institucional, a la que accede en función de parámetros objetivos, como el cumplimiento mínimo de la pena. Esto está previsto en el espíritu de la ley en función de resocializar al preso: se le otorga cumplida la mitad de la condena, y para las condenas a perpetuas a los 15 años. Esto está encuadrado como un derecho, y no como un beneficio".
"Pero desgraciadamente -remarca el funcionario- lo que es noticia es el preso que no vuelve, cuando hay decenas de casos, la gran mayoría, con salidas laborales, o semilibertad, que es la posibilidad de trabajar en la actividad privada, sobre todos empresas de construcción y hasta en organismos públicos".
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