Jueves, 25 de marzo de 2010 | Hoy
SANTA FE › PROCESARON AL EX JUEZ FEDERAL VíCTOR MONTTI POR APREMIOS ILEGALES Y ENCUBRIMIENTO
El acusado fue secretario del mismo juzgado federal de Santa Fe que Víctor Brusa durante la última dictadura. Se jubiló en 2002, en Mar del Plata. Fue denunciado por tres detenidos políticos por apretarlos y negarles asistencia.
Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe
Otro ex juez federal de Santa Fe, Víctor Manuel Montti, que se retiró como fiscal de la Cámara Federal de Mar del Plata en 2002, fue procesado por delitos de lesa humanidad. El conjuez Ricardo Lazzarini lo imputó por "apremios ilegales" al ex diputado del PJ, Orlando Barquín, más "encubrimiento" y "falsedad ideológica" por la "omisión de denunciar" las torturas que sufrieron otros dos detenidos políticos: Roberto Cepeda y José Villarreal y la "omisión de auxilio" para procurarles asistencia médica. Ordenó un embargo sobre sus bienes de 400 mil pesos y le ratificó el beneficio de excarcelación que le había concedido su antecesor en la causa, el ex conjuez Leandro Corti. "La conducta dolosa de Montti se verifica sin hesitación alguna, habida cuenta el conocimiento de la situación de las víctimas y la voluntad de no prestarle auxilio pese a la ausencia de riesgo personal. Está claro que nadie le impedía obrar conforme a su deber" de funcionario público, dijo Lazzarini en una resolución de 35 fojas al que tuvo acceso Rosario/12. El fallo fue apelado por la defensa.
La justicia avanza sobre la "patota judicial" de la dictadura, como la definió una de sus víctimas. El jefe era el juez federal de Santa Fe, Fernando Mántaras que murió impune, un nazi confeso que ordenaba apretar a detenidos políticos. Uno de sus laderos, el ex juez Víctor Brusa ya está en la cárcel, condenado a 21 años de prisión por "apremios ilegales" en ocho casos. Y ahora le tocó al segundo: Montti, que era secretario de Mántaras durante la dictadura, asumió como juez federal Nº 2 de Santa Fe (entre setiembre de 1983 y octubre de 1984), después se radicó en Santa Cruz y se jubiló como fiscal general en Mar del Plata.
Montti es investigado en una causa en la que están procesados por "asociación ilícita" Brusa y otros cinco policías: Héctor Colombini, Mario Facino, Juan Calixto Perizzotti, Eduardo Ramos y María Eva Aebi. Y siguen imputados dos coroneles fallecidos: Juan Orlando Rolón y Domingo Marcellini, porque el conjuez aún no dictó el sobreseimiento por extinción de la acción penal. En realidad, el expediente es un desdoblamiento del juicio oral que se realizó el año pasado y terminó con condenas a los represores de 23 a 19 años de prisión por secuestros y torturas.
En el fallo, Lazzarini relata las denuncias que pesan sobre Montti. Barquín lo acusó de haberlo obligado a firmar una declaración que le arrancaron bajo tortura, en 1977, en un centro clandestino. "Me dijo que si no lo firmaba me iban a volver a torturar y no me acuerdo si lo firmé", recordó.
El ex legislador volvió a denunciar el hecho en 1984, cuando era juez federal Héctor Tripicchio que dictó el sobreseimiento de Montti, pero sin indagarlo. En 2008, Lazzarini desarchivó el expediente y descubrió el simulacro. Montti planteó entonces una excepción de "cosa juzgada", pero el conjuez la rechazó y la Cámara Federal de Rosario ratificó el criterio: era un delito de lesa humanidad que no estaba prescripto ni había sido investigado.
Ahora, Lazzarini volvió a citar aquel fallo de la Cámara del 12 de agosto de 2009 que ordenó investigar a Montti por la denuncia de Barquín. "Los elementos de juicio que surgen de las pruebas reunidas permiten afirmar en este estado del proceso que el imputado habría realizado apremios ilegales, entendiendo por tales a los rigores usados con los presos para forzarlos a confesar o declarar algo o para influir de alguna manera en sus determinaciones. En general, hay acuerdo en que los apremios se distinguen de las vejaciones por la finalidad, ya que mientras allá el acto se agotaba en si mismo como mortificación aquí resulta que es un medio para que 'se haga o se diga algo'".
Lazzarini evaluó también los testimonios de Cepeda y Villarreal, tanto en la causa como en el juicio a Brusa y compañía. Incluso, citó una declaración de otro ex secretario del Juzgado Federal, Rodolfo de Aguirre, que reveló cuál era la relación de Mántaras con Brusa y Montti. De Aguirre dijo que "Mántaras era un personaje nefasto". "Un nazi" y "promilico", que tenía una "estrecha relación" con Montti porque "pensaban igual".
Está probado en la causa que Montti "tomaba conocimiento" de los tormentos a los presos políticos, pero "deliberadamente no dejaba constancia en actas de tales circunstancias cuando era su obligación hacerlo y dar fe de ello", dijo Lazzarini. Montti "no insertó en las actas de indagatorias o de careos" las denuncias de torturas de los detenidos políticos y "silenció hechos ocurridos ante él", con lo cual "varió la dirección jurídica de los actos" y "el contenido en los documentos. Tal falsedad ideológica, fue tendiente a la ocultación de delitos ya cometidos" que él estaba obligado a denunciar por "su carácter de secretario del Juzgado".
En consecuencia, "en la calificación jurídica de los hechos investigados, el delito de falsedad ideológica concurrirá idealmente con el de encubrimiento por omisión de denunciar".
Además, en el caso de Cepeda "Montti habría omitido prestarle auxilio, pese a su deber de actuar" porque el denunciante "no sólo le manifestó haber sido sometido a torturas, sino que le mostró el estado en que estaba, lo que denotaba la necesidad de una asistencia médica inmediata". Harto elocuente son los dichos de Cepeda: "Le mostré el estado en que estaba, los pies, las piernas, las manos, un corte en la cabeza sobre el lado izquierdo en la parte superior de la frente, aparte tenía un olor horrible".
"La situación de Cepeda se condice con el desamparo, pues no tenía posibilidad de lograr por sí y menos aún por otros, los medios para superar la situación de inasistencia médica en la que se encontraba", agregó el doctor Lazzarini.
"La conducta dolosa de Montti se verifica sin hesitación alguna, habida cuenta el conocimiento de la situación de las víctimas y la voluntad de no prestarle auxilio pese a la ausencia de riesgo personal. Está claro que nada le impedía obrar conforme al deber" de funcionario público, concluyó.
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