Jue 10.03.2011
rosario

SANTA FE › PRESENTó UN RECURSO DE AMPARO EN EL JUZGADO CIVIL Y COMECIAL NúMERO 9 DE SANTA FE

Donde dice Julio debería decir Marina

Quintero pide que se declare la inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley 18.248, (conocida como Ley de Nombre). Si prospera su demanda, el DNI debería llevar el nombre que la identifica, sin necesidad de informes médicos.

› Por Sonia Tessa

Marina Quintero es la primera travesti de la ciudad de Santa Fe que acude a la justicia para cambiar su nombre sin necesidad de una reasignación sexual, inspirada en lo obtenido a fin del año pasado por Florencia Trinidad (conocida popularmente como Florencia de la V). Militante social y por los derechos de gays, lesbianas y trans, Marina había pedido el cambio de su DNI en diciembre del año pasado, en el Registro Civil de la capital provincial, pero le negaron esa posibilidad basados en la ley de nombre. Por eso, ayer, presentó un recurso de amparo en el juzgado civil y comecial número 9, a cargo de Carlos Buzzani. Si el juez resuelve de manera favorable, el DNI deberá llevar el nombre que la identifica, sin necesidad de informes médicos. "Nos basamos en el fallo de Florencia Trinidad porque es el primero despatologizado. Es decir, el primero que considera que tiene derecho porque tiene derecho, no porque haya una patología", indicó la abogada de la Multisectorial de Mujeres de Santa Fe, que patrocinó a Marina. La presentación fue acompañada por Stella Vallejos, la delegada del Inadi en la provincia, quien subrayó que la acción de ayer es "resultado de un trabajo colectivo" y resaltó la asesoría de la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT), autora de un proyecto de identidad de género presentado el año pasado en el Congreso nacional. "Nací el día 30 de noviembre de 1962, en la ciudad de Santa Fe, en un hogar tradicional", comienza Marina el relato de su historia personal, que forma parte del recurso. "Desde muy temprana edad, cerca de los 9 años, sentí un deseo irrefrenable de vestirme y relacionarme conforme al género femenino. Todos los seres humanos pueden resistir cierto tiempo una concepción semejante, pero ya en mi adolescencia decidí comenzar un proyecto de vida sin hipocresías", dice la reconocida militante social de la ciudad de Santa Fe. A partir de esa decisión, inició un tratamiento de sustitución hormonal, que comprendió la aplicación de estrógenos por autoingesta. Claro que entonces no encontró respuestas en el sistema público de salud. "Desde mi más íntimo ser siento y vivo como una mujer en todas las esferas de mi vida: afectiva, social, cultural", dijo la demandante. Por esa razón, que su documento diga Julio es incongruente. Quintero pide que se declare la inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley 18.248, (Ley de Nombre). Allí se establece: "Después de asentados en la partida de nacimiento el nombre y apellido, no podrán ser cambiados ni modificados sino por resolución judicial, cuando mediaren justos motivos". El director del Registro del Estado Civil podrá disponer de oficio o a pedido de parte, la corrección de errores u omisiones materiales, que surjan evidentes del texto de la partida o de su cotejo con otras.". El recurso plantea que "si bien es cierto que los derechos que la Constitución reconoce no son absolutos sino relativos, también es cierto que lo son en tanto y en cuanto no por ello se vulneren derechos superiores como la igualdad, la autonomía, la identidad personal y la libertad garantizadas". En ese sentido, Condrac planteó que "así como la libertad apareja el goce y el ejercicio pleno de los derechos civiles, la igualdad elimina las discriminaciones arbitrarias para ese goce y ejercicio. La igualdad importa razonabilidad y justicia en el trato a las personas. Ello de modo tal que el mismo Estado sea el que se encuentra obligado a remover los obstáculos de tipo social que limiten de hecho la libertad y la igualdad de todas las personas". Uno de los ejes de la argumentación indica que "cuando los órganos de poder ejercen la función administrativa deben manejarse con la misma regla de no dar a unos/as lo que se niega a otros/as en igualdad de circunstancias, evitando discriminaciones arbitrarias. Caso contrario, estaríamos estableciendo una discriminación entre ciudadanos/as de primera y de segunda categoría". Marina Quintero es una histórica luchadora, tanto en el ámbito social como en el de los derechos de las personas trans. "A mí tener el documento con mi nombre me implicaría mucha tranquilidad, mucha paz", dijo en diciembre, cuando pidió el cambio de DNI en el Registro Civil. "Cuando voy a hacer un trámite todos me dicen señora y cuando entrego el documento se quedan mirando como diciendo: '¿Dónde está el plato volador?'. Los documentos que tengo no concuerdan con mi personalidad", dijo. Quintero es la referente santafesina de Attta (Asociación de Travestis, Transexuales y Transgénero de la Argentina), una de las entidades que logró que le entreguen los nuevos DNI tanto a Florencia Trinidad como a Tania Luna.

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