SANTA FE › REPRESENTAN EL 30 POR CIENTO DE LAS CAUSAS EN TRáMITE EN LOS JUZGADOS DE CIRCUITO
El déficit habitacional emerge como un problema vertebral y sin respuestas adecuadas. "La falta de políticas sobre viviendas es alevosa. En todos los niveles, en todas las gestiones y de todos los partidos", dice el juez Eduardo Arichuluaga.
› Por Luis Bastús
En el conjunto de juicios por desalojo que se tramitan en los Tribunales provinciales de Rosario decrecieron los litigios por falta de pago o incumplimientos de contrato y, en contraste, aumentaron los casos originados en ocupaciones ilegales de inmuebles. El dato no es trivial porque indica un reflejo de la geografía social: quedaron atrás los problemas económicos de principios de siglo y desde hace unos años emerge el déficit habitacional como un problema vertebral que crece más rápido que la capacidad de reacción de los tres niveles del Estado. Mientras en Rosario y su área metropolitana, estiman, hacen falta no menos de 50000 casas, el Servicio Público de la Vivienda construyó 6500 unidades en ocho años y de las 5000 prometidas por el Plan Federal I y II se construyeron menos de 2000, incluyendo las de la llamada Zona Cero que todavía no están concluidas.
El juez de Circuito número 2, Eduardo Arichuluaga, reconoce tres factores que alimentan el fenómeno de las ocupaciones ilegales: la apreciación inmobiliaria de la ciudad, la falta de políticas públicas al respecto y el manejo político de las necesidades de vivienda.
"Hace doce años que soy juez de desalojos, y en los primeros dos había muy pocos juicios, pero en los últimos diez se vino una catarata por recupero de posesión de inmuebles que antes no valían un mango y que ahora tienen un valor importante. Entonces, sus dueños ahora sí consideran que vale la pena poner un abogado para hacerlo desocupar, porque cuando lo limpien y lo cerquen lo podrán vender, quizás, en 150 mil dólares. Antes había terrenos que estaban ocupados durante años y años, y el dueño ni se molestaba en hacerlo desocupar porque no tenían mayor valor. Ultimamente cambiaron de idea", contó el magistrado en diálogo con Rosario/12.
Arichuluaga continuó por la segunda causa de usurpaciones que él concluye: "La falta de políticas de Estado sobre viviendas es alevosa. En todos los niveles, en todas las gestiones y de todos los partidos. Con 1,2 millón de habitantes en Rosario y zona de influencia, debe haber unas 300 mil personas sin vivienda, pero no de ahora sino desde hace 30 años, y ninguno se ocupó en serio de ver cómo construir 15 mil casas para solucionar el problema a 60000 personas, por ejemplo. Lo compruebo cuando llamo a algún organismo gubernamental para ver qué alternativa darle a gente que debo desalojar: no tienen nada para ofrecer", demandó el juez.
En tercer lugar, a su entender, "es indudable el componente político que tiene este tema". Dijo el magistrado que "mucha gente necesita su vivienda, y otra cantidad está organizada en función de grupos y sectores políticos que sacan provecho de la situación. Se ven los punteros políticos cuando vienen a cortar la calle acá en Tribunales por un desalojo. Se pudo apreciar esto durante la toma del Parque Indoamericano".
-¿Cuándo las ocupaciones dejaron de ser hechos aislados?
-Los juicios empezaron fuerte cuando se cortó la cadena de pagos, entre 2000 y 2002: era el que se quedó sin trabajo, el que no le alcanzaba para pagar el alquiler, al que se le venció el contrato y no conseguía alquilar en otro lado. Pero eso bajó, los desalojos por falta de pago decrecieron. Lo que sí aumentó de diez años para acá son los juicios por intrusión.
-¿Qué volumen de juicios manejan entre los cinco juzgados de Circuito de Rosario?
-En aquella época de crisis teníamos alrededor de 250 juicios anuales en cada juzgado; hoy estamos entre 120 o 130 por año en cada uno. Pero entre estos, ganaron proporción los juicios por ocupación ilegal. Esta causa hoy representa alrededor del 30 por ciento de los juicios por desalojo.
-¿Cuál es la diferencia entre usurpación y ocupación?
-La usurpación es un delito penal, que atañe al juez correccional. Para que lo sea, el ocupante ilegítimo tiene que haber entrado con violencia en las cosas o contra las personas. Por ejemplo, si agredieron a un sereno, o si rompieron un candado, una celosía, para meterse. De esa manera funciona la mayoría de las veces. (N. de R.: la condena prevista por el Código Penal para este delito es de 6 meses a 3 años). La ocupación ocurre cuando la gente se mete en un predio abierto, que tiene dueño pero no está cercado, y lo hace sin ejercer violencia sobre nada ni contra nadie. Entonces aquí interviene el fuero civil, no penal.
-¿Para el ocupante ilegal hay sanción?
-No, para ello el dueño tiene que hacer juicio de desalojo, motorizar el expediente y, cuando se comprobó que el demandado no posee un título que justifique la situación, un contrato de alquiler, por ejemplo, entonces se saca la sentencia ordenando el desalojo, pero no va más allá de eso. Al juez penal le resulta difícil probar los requisitos del delito de usurpación, por eso por lo general el magistrado dice que no hay delito probado, vaya al juzgado civil. Es lamentable porque el juez correccional tiene la posibilidad de actuar de inmediato ordenando a la seccional policial que proceda. Es mucho más eficaz actuar cuando la gente recién puso un clavito, y es más proclive a comprender y desistir de la intrusión. Pero en cambio le dicen al denunciante "vaya a la Justicia civil", que no tiene la posibilidad de ordenar la desocupación de inmediato. Entonces se hace el juicio y recién al final se saca sentencia. En el interín puede transcurrir un año y medio y en el terreno a lo mejor ya se hizo todo un barrio nuevo de ocupantes. Ahí es cuando la policía viene y nos dice que habría sido más fácil haber ido un año atrás a explicarle a la gente y no ahora donde un montón de familias ya estableció su vida allí. Y la moraleja que saca la gente es decir: "como no hay sanción, lo siguen haciendo".
-La cámara empresaria de Villa Gobernador Gálvez sostiene que primero los ocupantes quitaron el alambrado de algún terreno, tomaron fotos para demostrar que no estaba cercado y que luego se metieron.
-Es posible, a veces ocurre. Saben que así es una conducta ilegítima pero por fuera de la incumbencia penal. Entonces aceptan que empiece el proceso de desalojo en el ámbito civil, y ya saben que pasará año y medio hasta que salga la sentencia. Por eso los abogados recurren a la estrategia de estirar todo lo posible para alargar el juicio. Mientras tanto, los ocupantes persisten, y no pagan alquiler, ni impuestos.
-Si el propietario tiene un terreno ocioso y descuidado durante años, y es tomado por familias de necesidad habitacional comprobada, ¿la ley no contempla un atenuante, una posibilidad de tolerar la intrusión o alguna otra forma de solución distinta al desalojo?
-No, en absoluto. Hay mitos como que si hay menores, enfermos, inválidos o ancianos no se los puede desalojar. Eso no tiene ningún asidero legal. Llegado el momento, el desalojo se hace, esté quien esté. Hay que reintegrar la propiedad al demandante.
-Pero en ese momento tallan cuestiones subjetivas como el costo político de dejar una familia en la calle.
-De acuerdo. La actividad judicial se acaba al firmar la orden de lanzamiento. El oficial de justicia se la da a la policía, que debe hacerla efectiva. Es cierto que en determinado punto nos cuesta mover a la policía en esas situaciones, pero como juez no puedo desistir por el costo político.
-Desde la legitimación de los derechos sociales, ¿la ley, el criterio judicial, no balancean la protección de la propiedad privada con el derecho a la vivienda digna?
-No, nunca lo he visto y es absolutamente inconveniente e impracticable. Plantear como argumento rechazar la demanda de desalojo pese a reconocer al demandante como propietario no sería un argumento válido. No lo comparto. Sería inmediatamente invalidado por inconstitucional.
-En los casos de Villa Gobernador Gálvez, ¿quién cree que perdería más con el desenlace legal de la situación: una industria a la que le ocuparon un terreno ocioso por años, o cientos de personas sin acceso a la vivienda?
-Lo entiendo perfectamente, pero de ninguna manera se justificaría dejarlos allí. No dudo de la validez de esa posición política o filosófica. Discutible, pero válida. Pero desde el Derecho no, porque tenemos una cláusula constitucional que es el derecho a la propiedad privada sin restricciones. Y además, eso abriría un abanico de posibilidades imprevisibles. Hoy toman el predio de una industria y mañana van por vaya a saber quién, y por otro más. No lo comparto.
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