SANTA FE › IMPUGNAN A LOS CUATRO ACUSADOS POR EL LEVANTAMIENTO
(Desde Santa Fe)
Cuatro de los policías imputados en la causa por sedición: Fabricio Abasto, Claudio Patiño, Mauricio Pagani y Alejandro Zamaro fueron excluidos de las listas de candidatos para las elecciones de la semana que viene en el Ministerio de Seguridad. Los comicios se realizarán durante tres días, desde el lunes al miércoles, de 8 a 18, para elegir trece delegados en las comisiones de Salud y Seguridad en el Trabajo (diez en la Policía y tres en el Servicio Penitenciario), entre un padrón de 22.000 electores. "Fueron excluidos porque no cumplían los requisitos para ser candidatos", explicó la secretaria del Tribunal Electoral de la provincia, Claudia Catalín.
Ante una consulta de Rosario/12, Catalín dijo que el Tribunal Electoral "tiene un rol de asesoramiento" en las elecciones en el Ministerio de Seguridad, pero aclaró que el veto a los cuatro policías "no fue una resolución que hayamos tomado nosotros".
"Hubo un período de presentación de candidatos con una serie de normas a cumplir, como en cualquier proceso electoral. Había requisitos que cumplir, no tener causas judiciales ni sumarios y otra serie de cuestiones. Y es lo que controlaron cada una de las fuerzas (la Policía y el Servicio Penitenciario) para luego admitir la lista de candidatos, que son las que nosotros recibimos. Estos casos particulares tuvieron una resolución propia de cada fuerza que consideró que no cumplían con los requisitos y en ese orden es que se admitieron ciertos candidatos y se rechazaron otros", agregó.
Catalín dijo que "hay una resolución del ministro Lamberto que está publicada en la página del Tribunal Electoral que establece los requisitos para ser candidatos y elector. Y eso es lo que se aplicó para oficializar las listas de candidatos".
La resolución 066 del 25 de enero de 2013 define cuatro causales que impiden ser delegados:
1) Desempeñar tareas diferentes o en lugar o sector distinto a las que efectivamente presta servicios y por el que se postula,
2) Tener sumario judicial con auto de procesamiento o suspensión de juicio a prueba por delito doloso,
3) También por delitos culposos,
4) Tener sumario administrativo en trámite, originado en un hecho delictivo doloso.
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