SANTA FE › PéREZ DE URRECHU, RAQUEL COSGAYA Y LA FISCAL MARíA IRIBARREN
Lo aceptó la comisión legislativa que investiga lo que pasó con la computadora personal de Luis Medina, el empresario sindicado como narcotraficante asesinado en Rosario. Son los jueces que intervinieron y también una de las fiscales.
› Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe
La comisión especial de la Cámara de Diputados que investiga la manipulación de la computadora del empresario Luis Medina -horas después de su asesinato, el 29 de diciembre de 2013- aceptó recibir por escrito el relato de los jueces Gustavo Pérez de Urrechu y Raquel Cosgaya y la fiscal de Cámara Nº 2, María Eugenia Iribarren, que intervinieron en la causa. Los tres ya habían sido citados a "prestar una declaración informativa" en la Legislatura, pero rechazaron la convocatoria y se ampararon en sus fueros para declarar por escrito. Los pliegos de preguntas se despacharán en las próximas horas y si bien son secretos, el tenor se puede deducir por el rol que cumplió cada uno en el caso: Pérez de Urrechu firmó la orden de allanamiento de un hotel de Rosario, donde la Mac de Medina estaba en la caja fuerte de una habitación. Cosgaya negó en público haber autorizado a dos funcionarios de la Casa Gris, Javier Echaniz y Martín Degrati, a desbloquear la máquina. Y la fiscal Iribarren llegó a la oficina de Pericias Informáticas de la Policía de Rosario -donde se realizaba el operativo- veinte minutos después de que Echaniz y Degrati "iniciaran sesión" en la computadora.
La comisión parlamentaria investiga el apuro oficial para desbloquear la Mac de Medina y quién dio la orden a Echaniz y Degrati para que lo hicieran. El objetivo era interrogar a todos los operadores judiciales que intervinieron en el hecho, pero hasta ahora el único que declaró es el secretario del Juzgado de Instrucción Nº 5 de Rosario, Mariano Ríos Artacho. La jueza que estaba de turno era la doctora María Luisa Pérez Vara y ya se sabe que fue reemplazada en el trámite judicial por Pérez de Urrechu y Cosgaya, hasta que la causa quedó a cargo de la jueza Alejandra Rodenas. En el acta que se confeccionó para justificar el desbloqueo de la computadora figura la fiscal Iribarren.
Ríos Artacho declaró el 7 de octubre durante casi una hora. Y el 21 de octubre, estaban citados Pérez de Urrechu, Cosgaya e Iribarren, aunque los tres se ampararon en su investidura. Los convocaban a "prestar declaración informativa" a la luz del artículo 46 de la Constitución de Santa Fe, pero los jueces impugnaron el llamado. "No existe en los códigos procesal civil y penal vigentes en la provincia una actuación procesal así denominada", dijeron en una nota que llegó a la Cámara el día anterior. Pidieron que se aclare "la naturaleza jurídica de dicha declaración" y si se trata de una "testimonial", solicitaron que "la misma se concrete por escrito, a tenor del artículo 176 del Código Procesal Penal de la provincia".
La fiscal Iribarren planteó el mismo argumento. Sostuvo que el artículo 46 de la Constitución provincial dice que las "facultades" de la comisión investigadora "no pueden exceder los poderes de la autoridad judicial". Advirtió que la "declaración informativa" para la que era citada "no se encuentra prevista en la legislación procesal vigente". Y solicitó que le aclaren "los alcances de la citación cursada" porque a su criterio las normas procesales "podrían tornar inadmisible" su "testimonio" por integrar el Ministerio Público Fiscal y "tratarse de hechos sometidos investigación" judicial. No dijo si responderá las preguntas si le llega el pliego, aunque aclaró que "como ciudadana y trabajadora del Poder Judicial" estaba "a disposición" (sic) de la comisión legislativa.
Ante el planteo, la comisión explicó -por escrito- a la Corte Suprema de Justicia los motivos para citar a Pérez de Urrechu, Cosgaya y la fiscal Iribarren. Acompañó copia de la resolución 667 de la Cámara que creó la investigadora y la facultó a "invitar a toda persona física a brindar datos sobre los hechos investigados". Señaló que la "potestad" que le confieren el artículo 46 de la Constitución de Santa Fe y el reglamento de la Cámara, la habilita a "requerir" a funcionarios del "Poder Ejecutivo o del Poder Judicial las explicaciones y los informes que considere conveniente", ya sea "mediante sus declaraciones o exhibición de documentos". Y aclaró que la "declaración informativa" que se les pide a los jueces y a la fiscal apunta a "conocer más de cerca el caso investigado" y tener una "información más precisa, rigurosa y extensa" que la que pintan los medios. "Es una herramienta legislativa para obtener información" y por lo tanto, "no corresponde" que sea equiparada a una "testimonial" a tenor del artículo 176 del Código Procesal Penal.
El acta de Pericias Informáticas de la Policía de Rosario dice que Echaniz y Degrati abrieron la computadora de Medina el 29 de diciembre, a las 23.59. Y que la fiscal Iribarren llegó a las 0.20 para comenzar a gestionar la autorización judicial. Pero la jueza Cosgaya, que intervenía en ese momento, ya les dijo a cuatro legisladores de la comisión de Seguridad que ella recibió el primer llamado a las 0.40.
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