SANTA FE › FUNDAMENTOS PRINCIPALES DEL FALLO QUE CONDENó A TOGNOLI
"Tognoli desde su posición de mando y poder" como jefe de Drogas Peligrosas "de manera discrecional y en beneficio propio, contribuyó junto a Baella a ocultar la actividad ilícita que realizaba Mendoza". Fue un plan minuciosamente concebido.
› Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe
El Tribunal Oral de Santa Fe llamó a Hugo Tognoli "calificado protector" del narco Daniel "Tuerto" Mendoza. Y consideró que la trama del encubrimiento "de ninguna manera puede escindirse" de las "coacciones" a la líder de Madres Solidarias, Norma Castaño. "Se trató de una única acción con el doble propósito de proteger a Mendoza y callar a Castaño", dice el fallo en los fundamentos que se conocieron esta semana. Y revela que "el cúmulo de elementos indiciarios, plurales y concordantes permiten concluir que Mendoza gozaba de esta protección policial proporcionada y garantizada por Tognoli". "Los hechos demuestran claramente la connivencia del personal policial que incluía expresamente" a Tognoli "con el narcotraficante Mendoza".
El ex jefe de Policía de la provincia fue condenado a seis años de prisión, su cómplice José Luis Baella a cinco años por los mismos cargos y el protegido de ambos, a seis años y seis meses por "fabricación y comercio de estupefacientes" y "coacciones".
En el juicio se ventilaron dos hechos de "encubrimiento" a Mendoza: el primero, entre el 3 de marzo y el 25 de agosto de 2011, y el segundo, al año siguiente, el 3 de marzo de 2012, cuando dos investigadores de Asuntos Internos descubrieron un contacto secreto entre Baella y Mendoza, en la casa de éste en Colastiné. Más, las "coacciones" a la líder de Madres Solidarias, Norma Castaño, en las que participaron Tognoli, Baella y Mendoza. Una maniobra que se consumó con un video que el tribunal dijo que se filtró desde la policía. "La difusión pública del video se produjo desde el seno de la policía, bajo el título "Madre del dolor transa con narco".
El primer voto es del presidente del Tribunal, José María Escobar Cello, al que adhieren sus colegas María Ivón Vella y Luciano Lauría, sin disidencias.
Acerca del primer encubrimiento, el tribunal sostuvo: "Baella, en pleno conocimiento del accionar ilícito que desarrollaba Mendoza, fraguó una investigación con el único objetivo de darle cobertura a esa actividad, engañando y confundiendo con información tergiversada" al juez Francisco Miño y al Ministerio Público". Y consideró la cita secreta de Colastiné, en 2012, como otra prueba de la "relación espuria" BaellaMendoza. Una "relación estrecha y de mancomunado intereses ilícitos", dijo. Una "relación que obviamente tenía un fin de lucro en el cual estaba involucrado Tognoli".
El tribunal sostuvo que Tognoli "ayudó" a Mendoza a "eludir investigaciones" judiciales. El ex jefe "conocía la actividad" de Mendoza y "sabía quién era" su protegido, "toda vez que Drogas Peligrosas lo había investigado en 2009, reservando información en su base de datos que tiempo después, Baella utilizó" en 2011.
"Tognoli desde su posición de mando y poder" como jefe de Drogas Peligrosas "de manera discrecional y en beneficio propio, contribuyó junto a Baella a ocultar la actividad ilícita que realizaba Mendoza y debilitar toda investigación" en la que éste "estuviera sospechado". Y después, ya como jefe de Policía "mantuvo la relación directa que había forjado con Baella y de esta forma continuó su injerencia en la actividad ilícita de Mendoza a fin de que siga comercializando estupefacientes".
Acerca del video, el tribunal dijo que "se ha probado el efectivo conocimiento, interés y participación de Tognoli" en el operativo contra Castaño que tenía como "único objeto" que ella "cesara en las denuncias en su contra". El era el "jefe" de Baella y "denunciado" de Castaño.
"A la fecha de realizarse el montaje fílmico, Castaño había denunciado al menos en dos oportunidades a Tognoli. El 9 de febrero de 2011, ante el gobernador de Santa Fe (Hermes Binner) y el 3 de marzo de 2011 ante la fiscal Graciela Parma".
"Tognoli no podía desconocer las denuncias de Castaño, ya que admitió haber tenido un trato frecuente y a veces conflictivo con ella". "Estas denuncias eran un tema sensible para él", explicó. "Con ello queda claro que Tognoli reunía a la vez la condición de denunciado y por lo tanto principal interesado en hacerla cesar en dicha actitud".
Según el tribunal, "es relevante que los mensajes de textos intimidatorios fueron enviados por Mendoza (a Castaño) el 22 de mayo de 2011, es decir dos días después de que Tognoli omitiera deliberadamente informar a Asuntos Internos la situación de aquel y cuatro días después de que Castaño radicara la tercera denuncia en su contra ante el fiscal (Rubén) Díaz".
"Estos mensajes cobran especial interés a la hora de establecer la existencia de un accionar mancomunado entre Mendoza, Baella y Tognoli. ¿Cómo sabía Mendoza que había sido filmado con Castaño? "Todo fue concertado por los tres", señaló el tribunal. "La delegación de Tognoli a su subordinado Baella, la indicación de éste al policía Mauricio Otaduy para que filme el video y su posterior puesta a disposición de Mendoza fueron el resultado de un plan minuciosamente concebido por ellos para perpetrar las amenazas coactivas" a Castaño.
Si bien Castaño no podía retirar las denuncias, lo que se pretendía era que "Castaño que fue calificada por Tognoli como una 'denunciante compulsiva' cesara en su actividad".
"Castaño denunció a Tognoli en cuatro oportunidades más. El 18 de mayo de 2011 ante el fiscal Díaz, el 23 de mayo ante la fiscal (María del Carmen) Bertone, el 31 de mayo ante la Secretaría de Derechos Humanos y el 13 de setiembre de 2012 ante el ministro de Seguridad (Raúl) Lamberto". "Tras la última denuncia, el 26 de setiembre de 2012, el video fue subido por un agente policial al sitio Youtube, cumpliéndose así con la amenaza prometida. A partir de allí, Castaño no lo denunció más".
"De ninguna manera puede escindirse la organización que mostró Tognoli junto a Baella para proteger a Mendoza en su negocio ilícito de las acciones llevadas a cabo para coaccionar a Castaño. Se trató de una única acción con el doble propósito de proteger a Mendoza y callar a Castaño", concluyó el tribunal.
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