SANTA FE › UN MOMENTO DE DECISIVO PARA DOS REPRESORES
› Por A.S.
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario está en condiciones de decidir cual será la próxima situación procesal del teniente primero Juan Daniel Amelong y del gendarme Eugenio Zacarías, ambos imputados por haber cometido graves violaciones a los derechos humanos. La defensa de cada uno apeló los procesamientos resueltos por el juzgado de primera instancia (Federal Nº 4) en la causa que los vincula a los hechos de represión y muerte que sucedieron en la ex Fábrica Militar de Armas Domingo Matheu. Para Gabriela Durruty, abogada de Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales e integrante del Equipo Jurídico por los Derechos Humanos resulta "impensable" que los integrantes de la Cámara puedan declarar la nulidad de lo actuado en primera instancia cuando se los procesó y dejarlos en libertad.
Amelong está detenido en Fray Luis Beltrán y Zacarías espera la decisión excarcelado. La instancia Federal también debe resolver la apelación que interpuso el ex jefe del Comando del 2º Cuerpo de Ejército Luciano Jáuregui para que se tenga en cuento el criterio de cosa juzgada ya que él dice que no tuvo nada que ver con la "lucha antisubversiva" pero de todos modos argumenta que ya se lo juzgó y que no se puede repetir eses juzgamiento. Mientras tanto los abogados del EJDH pidieron para el caso de Enrique Jordana Testoni quien fuera director de la Fábrica de Armas donde funcionó un centro clandestino de detención y tortura que se deje sin efecto la resolución de falta de mérito y que la Cámara Federal dicte su procesamiento.
El ex comandante del 2º Cuerpo Luciano Jáuregui presentó una apelación por la que pide que se tenga en cuenta el criterio de cosa juzgada que se sostuvo en primera instancia en el juzgado Federal Nº 4 cuando estaba a cargo de Omar Digerónimo. Aunque en su presentación sostiene que no tuvo que ver con "la lucha antisubversiva" esgrime al argumento jurídico de que los hechos que se le imputan por los crímenes cometidos durante la dictadura ya fueron juzgados y que por lo tanto no puede volverse a hacerlo.
La abogada de Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales Gabriela Durruty recordó que la aplicación de las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida condujeron de manera automática a la impunidad de hechos que desconocieron la dignidad humana mientras que por las mismas leyes "se excluyó del conocimiento del Poder Judicial el juzgamiento de los ilícitos". Para Durruty de ese modo se alcanza los extremos contemplados por el artículo 29º de la Constitución Nacional y entonces esos mismos hechos carecen "totalmente de efectos jurídicos y mal puede alcanzar la inmutabilidad que otorga el principio de cosa juzgada".
Para el caso de Juan Daniel Amelong hay que recordar que tenía el grado de teniente primero y actuó como represor en la que se conoce como causa Quinta de Funes.
Amelong fue procesado con prisión preventiva por haber privado ilegítimamente de su libertad mediando violencia, amenazas y tormentos a Adriana Elba Arce, Juan Antonio Rivero, Ramón Aquiles Verón y a Olga Moyano y a esta imputación se le suma el mismo delito más la posterior desaparición física en los casos de Hilda Cardozo, Ariel Morandi y Susana Miranda, todo ello en el transcurso del año 1978.
A Zacarías se le imputó haber participado también en la privación ilegal de la libertad de Arce, Rivero, Verón y Moyano, a quienes habría recibido en calidad de detenidosdesaparecidos en el Batallón 121.
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