Lun 04.06.2007
rosario

SANTA FE

Y en Santa Fe está frenada

Esta semana la comisión de Salud de Diputados le daría su aval al proyecto que obliga al Estado a garantizar el acceso a los abortos estipulados como excepciones en el Código Penal.

› Por Sonia Tessa

Tras la muerte de Ana María Acevedo, el proyecto para reglamentar los casos de aborto no punible avanza en la Cámara de Diputados de la Nación. La comisión de Salud puede darle dictamen esta semana a un texto que condensa las iniciativas de la diputada nacional rosarina Silvia Augsburger y la porteña Juliana Marino. "Se viene analizando el texto en las últimas reuniones. Esta semana puede salir de Salud y pasar a la comisión de Legislación Penal", afirmó la legisladora santafesina, que agregó: "Lamentablemente, el caso de Ana María Acevedo impulsó el debate. No quisiéramos que muera la gente para que se avance en la garantía de sus derechos". La provincia de Buenos Aires cuenta con un protocolo para atender estos casos, y la semana pasada también se aprobó un protocolo en la Capital Federal. Sin embargo, el proyecto de la diputada provincial socialista Lucrecia Aranda para reglamentar estos casos en Santa Fe nunca fue tratado en la Cámara baja, de mayoría justicialista.

La iniciativa de Augsburger ﷓que se debate en la Legislatura nacional﷓ apunta a la obligación del Estado de garantizar el acceso a los abortos que se estipulan como excepciones en el artículo 86 del Código Penal. El año pasado, los casos de dos jóvenes discapacitadas que cursaban embarazos producto de violación puso sobre el tapete la necesidad o no de una autorización judicial. Muchos médicos argumentan que sin ese aval, no pueden hacerlo. Sin embargo, a la familia de Ana María Acevedo ni siquiera le dieron la chance de llevar la inquietud a la Justicia. El hospital, lejos de elevar ese pedido, les negó cualquier posibilidad de aborto terapéutico, como consta en el documento que Rosario/12 difundió ayer.

La legisladora dio cuenta del impacto que causó en la Cámara de Diputados de la Nación la historia de la joven de 19 años que murió el 17 de mayo de cáncer de maxilar, sin haber recibido tratamiento de quimioterapia y rayos porque los médicos negaron un aborto terapéutico. "Tanto los que fundamentan a favor, como en contra, la mencionan", afirmó Augsburger. A partir de su proyecto ﷓presentado en septiembre del año pasado, y del que había elaborado Marino, se realizó un borrador al que realiza una sola objeción. "El texto actual exige una denuncia en caso de violación, pero yo creo que no es necesario porque se trata de un delito de instancia privada, que el Estado investiga por iniciativa de la víctima, que también puede interrumpirlo si levanta la denuncia", arguyó.

Los que se oponen a la reglamentación de los abortos no punibles afirman que el de Ana María Acevedo fue un caso excepcional. "Pero la presentación de la ministra de Salud santafesina, Silvia Simoncini, en Diputados provincial demuestra que de ningún modo es excepcional, porque ella afirmó que los hospitales públicos no hacen abortos terapéuticos", indicó.

También se habla de casos excepcionales cuando los embarazos provienen de violaciones a mujeres discapacitadas. Pero día a día se hacen públicas situaciones límite de niñas violadas que desmienten esa afirmación.

En la actualidad, muchos agentes de salud argumentan que hace falta una autorización judicial para realizar abortos terapéuticos, o eugenésicos, como se llama a las dos excepciones. En el primer caso, porque corre peligro la vida o la salud de la madre; en el segundo, porque se trata de la violación, a una mujer idiota o demente. En este punto, hay una discusión entre los juristas acerca del alcance de la excepción. Muchos plantean que la redacción de este inciso indica la despenalización en todos los casos de violación. Y hay jurisprudencia al respecto.

Así lo entiende también el proyecto presentado en septiembre del año pasado por Augsburger. La iniciativa indica que "las prácticas profesionales médicas requeridas en la presente ley no configuran casos judiciables y por consiguiente se efectivizarán sin requerir autorización judicial previa". Como se trata de prácticas autorizadas, ya que no están penalizadas, el proyecto también estipula que "los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social y del sistema privado incorporarán las prácticas profesionales médicas requeridas en la presente ley a sus coberturas, en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones".

Cuando lo presentó, la legisladora argumentó que estos casos requieren "una respuesta urgente". Hoy indica que la reglamentación brindará "seguridad". No sólo a los médicos que deban prescribir o realizar el aborto, sino también a las personas que tendrán una herramienta legal para exigir sus derechos.

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