SANTA FE › CODIGOS PROCESALES DE MENORES, LABORAL Y CIVIL
Representantes de los tres poderes del Estado, del Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia, Abogados y Procuradores, de las facultades de Derecho de las Universidades de Santa Fe y Rosario, y de la Asociación Tribunales, presentaron ayer cuatro nuevos proyectos en el marco del Plan Estratégico para la Justicia santafesina. Se trata de las propuestas para los códigos procesales de Menores, Laboral, y Civil y Comercial; además de reformas para las subrogancias y el estado de reserva para jueces jubilados. Según sus autores se busca "agilizar procedimientos por ejemplo en desalojos y más garantías para imputados y víctimas. El presidente de la Corte, Roberto Falistocco, volvió a elogiar la tarea de consenso que permitió arribar a este resultado y consideró que para fin de año estará completada la tarea de todas las comisiones.
Los principales cambios propuestos se detallan a continuación.
* Nuevo Código del Menor: incorpora el sistema oral y acusatorio, como marca la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Habrá un fiscal investigador, un juez de Garantías que controle la legalidad y legitimidad del trámite y un juez de Plenario para que declare la responsabilidad o no del menor sometido a juicio. Las cuestiones se resuelven en audiencia, en cada instancia debe estar presente un defensor letrado se prevé la creación de los defensores oficiales de menores y la víctima tendrá intervención en el proceso. Los menores sólo podrán ser detenidos "in fraganti", con inmediato aviso al fiscal. No podrán ser incomunicados, ni deberán declarar ante la Policía.
* Civil y Comercial: la reforma propuesta busca mantener la misma estructura y espíritu del código actual y solo se procuró una suerte de "aggiornamiento". Esto corre tanto para la terminología, como para algunas medidas procesales que se eliminan. Por ejemplo, el emplazamiento previo a estar a derecho en procesos ejecutivos aquí se hicieron cambios importantes para lograr mayor celeridad o la notificación automática, una figura fuertemente cuestionada por los profesionales, que ahora se reemplaza con el uso de una cédula. Aun así, se mantiene y se amplía la notificación tácita. También, atendiendo a una preocupación recurrente de los propietarios de viviendas, se diseñó un proceso de desalojo con mayor agilidad y mejor adaptado a las previsiones del Código Civil.
* Proceso laboral: se habilitan procedimientos abreviados, se admiten distintas posibilidades para demandas por accidentes y enfermedades profesionales.
* Suplencias y estado judicial: se modifica el apartado de las subrogancias en la ley orgánica del Poder Judicial (artículo 217) y se crea la Escala de Reserva, que pasarán a integrar los magistrados en condiciones de acogerse a la jubilación. La norma permite que estos jubilados "en situación de disponibilidad" puedan ser convocados por la Corte en casos de congestión de juzgados, para cubrir ausencias o carencias, en tareas de asistencia -docente o no-, tareas de inspección, como jurados de concursos.
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