CONTRATAPA
› Por Luis Novaresio
Uno: "Hago lugar a la demanda y, en consecuencia, ordeno que en caso en que este menor haga un paro cardiorrespiratorio con motivo de su enfermedad neurológica se intenten solo maniobras de resucitación básica no cruentas, como masaje cardíaco y colocación de máscara de oxígeno, y que no se intenten maniobras de resucitación cruentas, ni electroshock, ni traqueotomía, ni intubación con ventilación endotraqueal, ni inyección intracardíaca".
Dos: El inédito fallo del juez de primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª nominación de Rosario Marcelo Bergia que ordenó que un joven de 20 años no sea sometido a tratamientos cruentos para mantener su vida, es una estupenda pieza para sumar a la discusión de estos días respecto del inicio de la vida y la muerte. De paso, es bueno reconocer que el juez dictó una sentencia de grandes fundamentos demostrando que hay magistrados que saben de derecho, estudian, usan su inteligencia para mirar los códigos a la luz de la realidad que los rodea y reconcilian al ciudadano de a pie con la esperanza de cambios en la última garantía de respeto de sus derechos. Se lamenta que ese mismo juez luzca como mudo o monárquico. Se niega a ser entrevistado por la prensa creyendo que un locatario del poder de juzgar tiene derecho a elegir si desciende a la arena popular de dar cuentas de sus actos con los medios del 2008 sin ver que los presidentes de las Corte Nacional y Provincial conceden notas y lo propio, los otros jefes de los poderes del Estado (en el mundo, al menos). Una pena. Y un acto poco republicano, parece. Pero ése es otro tema.
Sin embargo, este cronista cree que no se puede mirar el fallo solamente desde el punto de vista de la eutanasia (provocar la muerte) o la distanasia, este proceso de encarnizamiento terapéutico por medio del empleo de todos los medios posibles, sean proporcionados o no, para retrasar el advenimiento de la muerte, sino que hay que sumarlo al debate del inicio y fin de la vida humana.
Sin el menor rigor científico, me atrevo a sostener que la mayoría de los que supieron del fallo del doctor Bergia saludaron la decisión del juez. El cuadro de encefalopatía progresiva en modo terminal (como tantas otras dolencias) genera en este chico que deba alimentarse por medio de un botón gástrico, casi no reconozca sus seres queridos y tenga una calidad de vida muy deteriorada. ¿Quién podría pedirle a la medicina creo que es la pregunta que se comparte que use todo lo que está a su alcance para prolongar la vida, el latido del corazón y la respiración, en todos los casos?
Y una vez leído el fallo, mientras seguimos discutiendo el momento del inicio de la vida, vuelve a probarse que el final de la misma no tiene un instante exacto, preciso, aceptado sin discusiones por la ciencia y los legos. Es más, la vida no es un concepto unívoco que se verá. Entonces vuelvo a otro argumento: Si el fin de la vida no es pacífico, ¿no cabrá la posibilidad de que el inicio tampoco lo sea? Y estoy hablando, claro, de la polémica del aborto.
Es más que interesante leer al propio Marcelo Bergia cuando dice que "el ser humano existe, se desarrolla y se expresa en tres dimensiones diferentes: Biológica, psíquica y social. Desde el punto de vista biológico es un ser viviente con características idénticas a los demás seres vivos. En su aspecto psíquico piensa y siente. En su dimensión social se comunica, se relaciona e interactúa con sus semejantes. Naturalmente, la vida biológica es condición esencial para el desarrollo humano en las otras dos dimensiones. Pero en su aspecto más básico (como el caso de la respiración espontánea o forzada y el latido cardíaco) es insuficiente para permitir el desarrollo en el aspecto psíquico y social. Cuando los tratamientos o medios necesarios para prolongar la vida o las condiciones físicas o psíquicas en las que quede luego de aplicados los mismos le imponen a la persona restricciones definitivas para su desarrollo en sus dimensiones psíquica y social, debe reconocérsele el derecho a rechazar su utilización. Es el típico caso de la dependencia absoluta e indefinida de máquinas en ámbitos aislados o de la denominada muerte cerebral".
No creo forzar su argumentación si digo que el juez cree que cualquier manifestación, aún en potencia de existencia biológica no completa la vida humana o su inicio. ¿Puede entonces abrirse a la luz de esto la pregunta es sólo pregunta de si la mera unión de esperma y óvulo es por sí misma, vida humana? Si morir no es sólo no respirar o ver latir el corazón, la unión en cigoto, ¿lo es?.
Ojalá pudiera entenderse que lo que se intenta es preguntar. Abrir al debate. Claro que es bueno recordar que debatir es albergar la posibilidad de que el otro pueda tener razón. Si partimos de la base de que la muerte o el inicio de la vida es cuando yo lo digo y se terminó, el debate es apenas una pelea de lo más vistosa para los terceros pero nada de avance en el pensamiento. Hoy se pretenden obviar los sólidos fundamentos de la viabilidad del feto, la constitución de ADN entre tantos otros argumentos. Hoy se pretende hablar de la concepción de la vida y la muerte desde el aspecto de las convicciones personales y reales.
El shock eléctrico cardíaco, la inyección cardíaca de reanimación, son prácticas con décadas de utilización, masivas, accesibles a todos que, en este caso, se piden no utilizar para no prolongar lo que es vida indigna, la "casi no vida" si se me permite el giro. ¿Eso no quiere decir que la muerte, aún en este caso terrible, el fin de la vida, depende de algo más que el prejuicio o el sentimiento personal? Dice el juez: "se trata, precisamente del respecto por la vida humana, pero en su íntegra dimensión, no solo circunscripta a las funciones fisiológicas elementales. El hombre no solo vive porque respira y porque su corazón late. El hombre vive porque piensa, porque siente, porque se comunica, porque se relaciona" )el subrayado es mío). Si para la familia del paciente es así, si para un intérprete del derecho es así, ¿eso implica que debe serlo para todos? ¿No sería hora de que en el aborto y fin de la vida pensemos que el estado debe garantizar el derecho a elegir sin dogmatismos emocionales que se impongan a los otros? Ni los que fueron a buscar justicia al tribunal, ni el juez ni mucho menos este cronista pretenden imponer cánones pétreos de vida o muerte. Apenas, y ahora hablo por mí. Se plantea la chance de creer sin golpes emocionales que otros piensan distinto, con fundamentos distintos, sin caprichos y eso debe ser respetado.
Insisto: La llegada de la muerte, puede discutirse y reconocerse no unánime. El inicio ¿no?
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