Jue 29.09.2016
rosario

PSICOLOGíA › SOBRE MALTRATO INFANTIL Y LA REVINCULACIóN

Urge escuchar el deseo del niño

› Por Jorge Garaventa*

Más de treinta años de vigencia constitucional de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez no han sido suficientes para detener algunas arbitrariedades.

El nuevo Código Civil de la República Argentina establece la prohibición de golpear a niños y niñas. Si ha debido ser incluido sin ambages en ese articulado, es una clara muestra de que hablamos de un fenómeno que no pudo ser detenido ni con disuasión ni con educación. Es ese nicho social de violencia al que he denominado "la vigencia de la educación golpeadora". Está enraizado en la cultura y sigue potente, aunque hoy lo sea de manera vergonzante.

La violencia física no es la única que padecen niñas y niños. No le va en zaga el descreimiento en sus dichos, afirmaciones, sensaciones y voluntades. En ámbitos tribunalicios bastante frecuentemente y en no pocos espacios de Salud Mental su palabra no es escuchada como propia. El Interés Superior del Niño, (y niñas), de repente pierde sentido y adviene en aquello que los adultos determinan que el niño desea o necesita. En el camino, la palabra y la felicidad del niño o de la niña, implotan.

La revinculación forzada en contextos de abuso sexual o maltrato es una de las acciones más crueles que puede ordenar un Juzgado. "Un padre tiene derecho a relacionarse con el hijo o la hija", se sostiene, sin importar que se están conculcando la palabra y el deseo de aquel a quien debería protegerse prioritariamente. El pretexto es que aquel no tiene palabra propia sino que porta aquella que le ha sido inducida por el otro progenitor, generalmente la madre. Los efectos de una revinculación forzada son impredecibles a largo plazo.

Felizmente hay Jueces y Juezas que actúan en otro sentido, así como colegas que se atreven a certificar que el niño o la niña no están en condiciones de revincularse. No hay jurisprudencia que muestre que algún adulto ha sido obligado a revincularse con un hijo o una hija si no lo desea. En estos casos, se obliga a cumplir con las obligaciones de alimento y asistencia, no en lo presencial.

Los niños y las niñas no mienten, también desean o no desean, y tienen sus razones. Urge escuchar su palabra. Gran parte del deseo social depende de ello.

*Psicólogo UBA.

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