Lunes, 8 de septiembre de 2008 | Hoy
Por Analía Aucía*
En primer lugar, comparto la opinión del doctor Oscar Blando quien manifestara, por este medio, su desacuerdo con las opiniones personales que el doctor Arturo Araujo, presidente del Colegio de Abogados de la segunda Circunscripción, vertiera sobre el aborto, haciendo uso de su investidura, en el acto público de celebración por el Día del Abogado.
Araujo señaló que se opone a la interrupción del embarazo en todos los casos, incluso en situaciones de violación. "Le pedimos (a la mujer embarazada) que aguante, que sostenga ese embarazo y lo entregue. Que se desentienda del hijo si es lo que quiere, ya que nadie la obliga a quererlo, y está bien que tenga odio y rencor. Pero debe hacer un esfuerzo más para tenerlo y no matarlo", amplió en diálogo con Luis Novaresio, por Radio 2. "Además, el Estado debe preocuparse y ocuparse de la mujer con un embarazo no querido. Aunque haya embarazos no queridos no por eso debe derivar en la muerte de la criatura concebida", insistió el presidente del Colegio de Abogados.
Este razonamiento, como se ve, hace hincapié en el sostenimiento de la vida biológica de un feto, desconociendo o ignorando las reiteradas y persistentes situaciones de violencia sexual que viven las mujeres.
Si lo que preocupa es la vida de niños y niñas, me pregunto qué podría proponer Araujo respecto de la vida de tantas niñas y niños que hoy viven en las calles y muchos de los cuales se mueren a temprana edad por no contar con la satisfacción de las necesidades básicas, o por no poder acceder a servicios adecuados de salud o por padecer, precisamente por su situación de pobreza y de exposición a maltrato físico y abuso sexual. ¿A qué tipo de vida o a la vida de quiénes se refiere Araujo cuando habla de que el Estado debe ocuparse para que "la vida no se pierda"?
La propuesta de que las mujeres violadas "aguanten" un embarazo producto de esa violación, raya con la más absoluta violación de los derechos humanos de las mujeres. Este pensamiento me retrotrae al momento histórico en que para nuestro orden jurídico las mujeres eran consideradas incapaces de derecho, y se encontraban en condiciones de minusvalía jurídica. Es necesario recordar que el Código Penal contempla que el aborto es viable cuando "peligre la salud o la vida de la madre y cuando sea el producto de una violación a una mujer discapacitada" (Art. 86). En consecuencia, si Araujo como hombre del derecho sostiene que no acepta el derecho al aborto en ningún caso, para empezar, me sugiere la idea de encontrarse varios pasos más atrás del derecho positivo.
Siguiendo, me sugiere que aún persiste esa lamentable y tan dolorosa visión de las mujeres como "incubadoras", como meras reproductoras biológicas a consecuencia de tener útero. Desde hace años los estudios filosóficos y la teoría de los derechos humanos vienen formulando que la biología no es destino. La normativa jurídica internacional en derechos humanos, ratificada por nuestro país, proclama claramente el derecho a la autonomía, el derecho a decidir sobre el propio cuerpo, prolíficas legislaciones nacionales e internacionales proclaman los derechos sexuales y reproductivos. Lejos de ser una opinión personal, estos derechos están enunciados en normas nacionales, la Constitución Nacional y los instrumentos de derechos humanos: los cuerpos de las mujeres no son meros dispositivos al servicio de la reproducción de vida biológica. Las mujeres somos sujetos de derecho y, como tal, gozamos de todos los derechos reconocidos en ordenamiento jurídico formal.
Concuerdo con Araujo en que el Estado "debe ocuparse". Sin lugar a dudas, es el Estado el que debe garantizar los derechos humanos de varones y mujeres, reconociendo las diferentes experiencias de vida y las desigualdades de trato y de oportunidades que aún subsisten entre las personas en razón de su sexo. Pero cabe decir una verdad de perogrullo: no son las mujeres las que violan sexualmente a los varones y éstos, productos de esa violación quedan embarazados. Entonces, propongo que el Colegio de Abogados promueva la discusión de cómo el Estado y, el Poder Judicial, como parte del Estado, se "debe ocupar" de erradicar los reiterados abusos sexuales que padecen las mujeres y niñas, por los cuales quedan embarazadas.
El Estado debe ocuparse de las mujeres, no porque están embarazadas, sino porque al igual que los varones, son sujetos de derechos. Pero el Estado debe ocuparse, prioritariamente; antes de que se produzcan los "embarazos no queridos" como señala Araujo. El Estado debe procurar políticas públicas para que las mujeres, niñas y niños no sean abusados sexualmente, debe promover educación sexual en todos los ámbitos educativos para que las personas puedan decidir, debe proveer métodos anticonceptivos gratuitos y accesibles para que no haya embarazos no deseados y, en consecuencia, abortos. Y por último, el Estado, más allá de las convicciones personales de cada ciudadano y ciudadana, debe cumplir la ley. Y la ley dice que el aborto no es punible cuando se hace para evitar un grave daño a la vida o a la salud de la mujer o cuando se trate de violación a mujer con discapacidad mental.
¿Con qué derecho y desde qué derecho se le puede pedir, por ejemplo, a la niña mendocina de 12 años violada que "aguante" su embarazo para no "matar" el feto? ¿Qué concepción, qué imaginario subyace de la "persona mujer" para no tener en cuenta la doble violencia y degradación que significa haber sido ultrajada, violentada en su integridad física, sexual y a la vez llevar adelante un embarazo de alguien que la trató como a un objeto, cosificándola para el propio placer personal?
No quiero dejar de mencionar un planteo profundo con claras connotaciones jurídicas que hace Inés Hercovich en El enigma sexual de la violación: "Se denuncian una de cada diez o veinte violaciones (La mayoría de las cuales corresponden a mujeres menores de edad). Y se condena a menos del 10 por ciento de los acusados (en general, a los confesos). Sin embargo, mejorar la situación no implica, ante todo, corregir estos guarismos. Antes sería mejor escuchar a las víctimas sin desconfiar de ellas. Luego, abstenerse de indicarles los caminos para su redención. En estos temas son obligatorios la humildad y la cautela".
*Abogada. Integrante del Centro de Estudios e Investigaciones en Derechos Humanos, Profesor Juan C. Gardella de la Facultad de Derecho. Integrante de Cladem (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer).
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