Sábado, 9 de agosto de 2008 | Hoy
CIUDAD › LAS CONDICIONES EN QUE SE ENCUENTRAN PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD
La Corte Suprema de Justicia de la provincia creó un área para que se cumpla en toda la provincia con los estándares internacionales en materia de estados de dignidad durante la detención. Se deberá elevar el informe pertinente en el plazo de cinco días.
Por Alicia Simeoni
La situación y la condiciones en que se encuentran las personas privadas de libertad en distintos puntos de la provincia tendrá un seguimiento específico a través de un área que se creará a partir del acuerdo al que llegaron los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la provincia el pasado miércoles. Ese acuerdo que parte de una iniciativa presentada por uno de los integrantes, Daniel Erbetta, y fue apoyada por el resto de los miembros de la CSJ, pretende que se cumpla en toda la provincia con los estándares internacionales en materia de estados de dignidad durante la detención. Los informes a la Corte se deberán elevar después de cada visita jurisdiccional del tribunal interviniente pero lo que constituye una novedad es la participación de instituciones como los colegios de Abogados de las distintas circunscripciones. La Corte llegó al acuerdo con la idea que las garantías de cumplimiento de las normas nacionales e internacionales sobre privación de la libertad colaborarán en posibilitar la rehabilitación y reinserción social de los detenidos.
La CSJ dio forma en la acordada del miércoles pasado a un anuncio que de manera genérica ya habían mencionado los ministros que la integran. Así la creación del área de seguimiento de las condiciones de detención, y de cualquier otra forma de encierro, tendrá como funciones la de facilitar y coordinar las visitas de los órganos encargados de su realización. La finalidad es que se pueda verificar el cumplimiento de los estándares internacionales mínimos que asegure el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad en cárceles y lugares de detención y la existencia de condiciones dignas en esa detención y cumplimiento de pena, además de cualquier otra medida restrictiva de la libertad. Por otra parte se tuvo en cuenta la necesidad de relevar los casos y motivos de detención de mujeres con hijos menores de edad, de los menores de 16 años y de las personas enfermas; prestar la atención imprescindible a las denuncias por maltratos o torturas y elevar a la Corte la información pertinente.
En la acordada referida al seguimiento sobre la situación de los detenidos y en el segundo punto se estable que los presidentes de la Cámara de Apelaciones en lo Penal o el vocal de Cámara que se designe, los defensores de Cámara y defensores generales, los fiscales y los jueces de Menores deberán realizar una visita trimestral a los lugares de detención y establecimientos de menores, según el caso, a fines de comprobar en qué condiciones están las personas allí alojadas y, en particular, el estado de los edificios, el servicio de salud y de alimentación, el estado higiénico, y todo otro dato que se estime relevante. Los funcionarios del Poder Judicial deberán atender las consultas y reclamos que formulen quienes están privados de libertad y luego, en el plazo de cinco días, deberán elevar el informe pertinente al área de seguimiento. Además deben informar de estas visitas a los Colegios de Abogados.
El artículo 3º del mismo acuerdo al que llegaron los ministros de la Corte provincial habla de que los jueces Correccionales, de Instrucción y de Sentencia, los magistrados del fuero de Menores y los señores defensores generales, realizarán por lo menos una visita trimestral a los establecimientos carcelarios y otros lugares de detención o custodia -y establecimientos destinados a menores según el caso-, con la finalidad de entrevistar a las personas sometidas a privación de libertad para suministrar toda la información debida que les sea requerida en relación con sus procesos penales o de ejecución. En ello se incluye la evacuación de consultas y la atención de reclamos de todo lo que se deberá elevar el informe pertinente en el plazo de cinco días.
Erbetta, autor de la iniciativa que fue apoyada por todos los ministros, recordó a Rosario/12 que desde hace años la Corte tomó conocimiento de la existencia de situaciones que lesionaban las leyes nacionales e internacionales de las que la Argentina es firmante y habló del convencimiento acerca que "en la medida que se mejoren las situaciones de las cárceles" y respeten los tratados y convenciones internacionales que sirven de marco conceptual a las argumentaciones de esta resolución del máximo tribunal de la provincia "también se mejorarán las posibilidades de seguridad de la población con la reinserción de las personas que cumplen una pena". Esta decisión de la CSJ se pone a tono con un movimiento que a nivel nacional apunta a que se cumplan las recomendaciones del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes. Esa convención establece en sus primeros artículos que cada Estado debe tomar medidas efectivas para prevenir los casos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todo el territorio de su jurisdicción y que también cada Estado tiene la responsabilidad de crear los mecanismos de prevención de maltratos, tratos crueles o torturas en cárceles o lugares de detención, a los que se han obligado internacionalmente.
"La presencia, el control y la articulación de estrategias entre los distintos poderes del Estado ayuda a prevenir situaciones que todos queremos evitar y además colaboran para pensar en estrategias que sirvan para solucionar problemas en las que están empeñados tanto los integrantes del Poder Legislativo, como del Ejecutivo y del Judicial", reflexionó Erbetta. También la Corte, a pedido de la Comisión de Derechos y Garantías de la Legislatura provincial, tomó la decisión que se condensa en la acordada como una forma de contribuir al desarrollo de políticas que el propio gobierno provincial anunció con la descripción del plan penitenciario a principios de año.
"Se necesitan políticas a largo plazo y hay muchas iniciativas para sumar con la idea de prevenir situaciones de inseguridad y violencia", dijo Erbetta.
--Para cumplir con el contenido de esta acordada ¿se necesita de alguna estructura especial?
--Con los recursos de la CSJ se puede cumplir con estas tareas de coordinación. Las visitas jurisdiccionales hasta están previstas en la Carta Orgánica del Poder Judicial, pero es un dato importante la participación en las visitas de instituciones como los Colegios de Abogados. La otra función que tendrá la Corte es articular los sistemas de información que den cuenta de los resultados de las visitas, relevar informe de malos tratos o situaciones de mujeres privadas de la libertad.
La acordada del pasado 6 de agosto sirve para recordar que en el 2004 se reformó el Código Penal al calor de los pedidos de las marchas que encabezaba Juan Carlos Blumberg. Una reflexión que surge casi de inmediato es que si el aumento de penas previniera delitos la situación hubiese mejorado.
Erbetta señaló que Estados Unidos y Rusia son los países en los que hay mayor cantidad de presos cada 100 mil habitantes. En EE.UU ese número es de 700 presos "y allí existe la pena de muerte". Una buena demostración acerca que los mayores castigos y los inhumanos tratos de detención no mejoran ni detienen el crecimiento del delito. Además recordó que entre 1997 y 2007 se duplicó la tasa de encarcelamiento, de 29.600 presos se elevó a 62.000 -comentó- es decir que la tasa pasó de 83 detenidos cada 100 mil habitantes a 170 cada 100 mil habitantes. Se calcula que en los últimos 15 años el crecimiento demográfico fue del 0,7 por ciento anual, mientras que sólo en el régimen federal la tasa de encarcelamiento creció al 7 por ciento anual.
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