CIUDAD › DURANTE DIEZ AñOS PAGó LA CUOTA ALIMENTARIA
Apenas terminaron su relación, Patricia le dijo a Miguel que estaba esperando un hijo suyo. El reconoció al niño, y pagó la cuota alimentaria, pero sospechó durante años que le había mentido y en 2005, cuando el chico -con el que nunca mantuvo una relación fluida- tenía 10 años, pidió un análisis de ADN. El resultado fue totalmente negativo, de exclusión total de la paternidad. El hombre inició una acción de nulidad del reconocimiento de la paternidad y ahora, el Tribunal Colegiado de Familia Número 5 impugnó esa paternidad, basada en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que consagra el derecho a la identidad.
"Mi cliente inició la acción de nulidad, habida cuenta de que el estado de familia no tiene una acción directa que permita desplazar la paternidad basado en un error esencial de hecho e inexclusable", explicó Claudio de Gasperi, abogado del hombre. Sin embargo, no hay sanción económica ni de otro tipo para la madre del niño. "Sería imposible iniciar un juicio por daños y perjuicios, habida cuenta de que la acción está basada en el error y no en el dolo. Era muy difícil probar que la mujer tuvo una intención maliciosa al engañar a mi cliente", puntualizó el profesional.
El niño nunca trató con su antiguo padre como tal. Todo el episodio -que detonó en 2005 con el análisis de resultado negativo- no interrumpió la relación entre el hombre y el niño, ya que -según indicó de Gasperi- "nunca hubo una relación profunda". Sobre el padre biológico, el abogado desconoció si el niño sabe quién es.
Según explicó De Gasperi, el niño fue fruto de una relación sentimental no matrimonial que se inició en 1988 entre su cliente y Patricia. El noviazgo finalizó a principios de 1994 y a mediados de ese año nació el niño. Entonces, el hombre hizo un reconocimiento voluntario de la paternidad y acordó el pago de una cuota voluntaria. "No hubo examen de ADN y mi cliente creyó en la buena fe de la mujer", aclaró el abogado.
Pero cuando el niño tenía 10 años, recurrió a De Gasperi. "Me contactó para ver qué podía hacer con esa duda. Le aconsejé que se haga un ADN privado, que le pida a la madre y al menor que realicen el examen, y el resultado fue un 100 por ciento de exclusión de la paternidad", rememoró el abogado.
Entonces, iniciaron el trámite judicial que ahora fue aceptado por el Tribunal de Familia de Rosario, con las firmas de las juezas Susana Silvina Gueiler y Diana Tallia Parola. El fallo se fundó en la Comisión Internacional de los Derechos del Niño, al establecer el derecho del chico de conocer su identidad biológica. Ahora el chico deberá concurrir al registro civil para pasar a tener el apellido de la madre. El fallo también exceptúa al hombre de seguir pasándole la cuota alimentaria al adolescente.
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