Mié 27.07.2011
rosario

CIUDAD › INDEMNIZARáN A VECINOS DEL RELLENO SANITARIO

Daño ambiental en Puente Gallegos

La Justicia condenó a la Municipalidad de Rosario a indemnizar a los vecinos que denunciaron daño ambiental en la zona de Puente Gallegos, a cuatro cuadras de los rellenos sanitarios I, II y III, en zona sur, que no se utilizan desde 2004. Según consideró el juez Civil y Comercial de la 9ª nominación, Marcelo Bergia, el Estado municipal no realizó los estudios técnicos para su instalación, y durante un tiempo los habitantes de la zona sufrieron daños. La resolución tiene que ver con el "incumplimiento de los deberes respecto de la higiene y salubridad pública". "Se atribuye a la Municipalidad de Rosario no haber ejercido el poder de policía", dice el fallo judicial. Para el magistrado, la decisión se basó en "la queja central de no haber controlado las irregularidades del prestador del servicio (Milicic S.A.)", que "no presentó incumplimiento", por lo que la resolución recayó únicamente en el municipio.

La condena indemnizatoria para con una decena de vecinos de la zona es por daños (ambientales) y perjuicios que estos sufrieron. Además, los habitantes del lugar plantearon ante el juez la desvalorización de sus terrenos. En consecuencia, la Municipalidad deberá pagarles a cada uno de los demandantes cinco mil pesos más los intereses correspondientes de los últimos seis años.

El fallo de Bergia indica que las denuncias de los vecinos tienen que ver con diferentes daños (individuales y colectivos) sufridos a partir de la presencia de los rellenos sanitarios. Sin embargo, para el magistrado, algunos de estos resultaron válidos, mientras que otros no.

El daño clave tuvo que con que los vecinos "sufrieron la exposición al olor de los gases producidos por la descomposición biológica de la basura depositada en los rellenos durante aproximadamente 240 días. Por lo tanto, este daño sí está acreditado", reza el fallo.

Sin embargo, no consideró la denuncia sobre daños al paisaje y a la belleza panorámica. "No se ha acreditado", dijo; y detalló: "El barrio está suficientemente alejado y separado del lugar por las vías del ferrocarril, como para que no sea posible ver los rellenos. Además, la afectación que podría haber producido a los vecinos cercanos ha sido adecuadamente remediada". Sobre los daños al ambiente, aseguró que los demandantes "no ofrecieron pruebas". Tampoco habría daños a la salud pública. "Los médicos que se desempeñaron en el dispensario del barrio no pudieron relacionar las enfermedades de los habitantes del barrio con los rellenos", aclaró el magistrado.

Al mismo tiempo, aclaró que "entre la Municipalidad de Rosario y Milicic S.A. hubo un contrato de obra pública, no de concesión de obra pública"; por lo que la constructora "no es responsable frente a los actores por los daños sufridos por éstos con motivo de su exposición al olor de los rellenos sanitarios".

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