CIUDAD › SUSANA CHIAROTTI ANALIZó LA DECISIóN DE BELTRAMONE EN EL CASO YAMILA
La abogada y directora del Instituto de Género, Derecho y Desarrollo saludó el dictamen del juez, que determinó la falta de mérito para la joven acusada de haber asesinado a su bebé, y lo diferenció de anteriores resoluciones.
› Por Lorena Panzerini
Hace una semana que Yamila regresó a su casa, después de estar presa siete meses, acusada de matar a su bebé en medio de un parto traumático y en completa soledad. Si bien la investigación continúa, la joven madre transitará el proceso en libertad. Todavía espera poder ver a su hija de dos años, que tras su detención vive con el padre, quien inició un juicio de tenencia. El fallo judicial de la semana pasada, en el que el juez Javier Beltramone dictó la falta de mérito para Yamila, fue analizado por la abogada feminista Susana Chiarotti, directora del Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (Insgenar). En diálogo con Rosario/12, la profesional saludó la decisión del magistrado y lamentó que "hay sectores de la sociedad que todavía castigan fuertemente porque ven el mandato materno como un destino ineludible de las mujeres". Desde la organización esperan que la resolución quede firme y Yamila pueda ser sobreseída en la causa.
En la edición del 5 de marzo, este diario dio a conocer la historia de Yamila: la joven que ocultó su segundo embarazo porque se había separado del padre del bebé, con quien además tienen una hija en común. Con el embarazo casi a tiempo, sin haber pasado por los controles prenatales y en medio de un ataque de vesícula, la joven parió en el baño de su casa, y creyó muerto al bebé, que no lloró. Lo puso en una bolsa, sobre ropa para lavar y se desvaneció. Una vez internada, anémica, les dijo a sus padres lo que había pasado y éstos hicieron la denuncia en la policía. "Si no mienten los padres, no miente Yamila", consideró el juez en su fallo de la semana pasada.
El 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, decenas de mujeres salieron a la calle a reclamar la libertad de la madre de 19 años, asegurando que la muerte del bebé había sido un accidente, en medio de un parto traumático y en total soledad para Yamila. Para las mujeres de Insgenar, que en aquel momento encabezaron el reclamo de libertad, "hubo desatención del Estado para con Yamila".
Clara en sus conceptos, Chiarotti habló de la resolución judicial. "Además de mostrar que tras analizar las pruebas no hay evidencias de que ella haya matado al bebé, ni de que haya tenido conciencia, el fallo resalta que ella no tuvo intención de hacerle daño. El dolo es elemental para acusar a alguien de un delito. Sin embargo, queda claro que fue ella quien le cuenta la situación a la familia y piden que hagan la denuncia porque ella no había hecho nada", destacó.
Por otro lado, resaltó que "el juez analiza de otra manera las juntas médicas, que dan cuenta que ella no pudo comprender la situación en la que estaba y la gravedad del acto, por el trauma tremendo de estar pariendo, en medio de una descompostura, en el baño de su casa". En esa parte del fallo, Beltramone estimó que "no puede dejar de lado el análisis clínico de un estado puerperal".
Para Chiarotti, "se nota que se analiza la prueba con un criterio no tan sesgado como se había analizado anteriormente. Hay dos o tres cosas que son muy importantes: el juez pone en evidencia el contexto en el que estaba la chica y lo suma al análisis, porque ella estaba pariendo en medio de un ataque de vesícula, sola, desatendida", subrayó la letrada. Además, "habla de otra cuestión muy interesante: dice que si bien la figura del infanticidio se salió del código penal (en 1994), la realidad que llevó a legislar sobre el infanticidio no desapareció: el tema del estado puerperal de las mujeres y las alteraciones que causa este estado. Está claro que para el juez no había causas para tenerla a ella presa".
En ese sentido, analizó que "el perito dice que el feto no tuvo otro golpe que el de la caída, que es razonable que Yamila haya perdido la conciencia, entre otras apreciaciones. Dudo que se pueda demostrar que ella tenía intención homicida".
Chiarotti consideró que los siete meses de Yamila en la cárcel tuvieron que ver con la situación judicial en la que se dio su caso: el Juzgado de Instrucción Nº 8 no tiene juez, por lo que a lo largo del proceso había procedido el juez de Instrucción Nº 15, Alejandro Negroni; mientras que durante una licencia de éste, intercedió el juez Beltramone, que le otorgó el auto de falta de mérito a Yamila, aunque ordenó continuar con la investigación.
Al analizar el contexto social, si bien Chiarotti consideró que hay avances en cuestiones de género, "todavía falta mucho por lograr; el hecho que Yamila haya tenido que ser trasladada porque ni siquiera pudo entrar a la cárcel de mujeres cuando las internas supieron que estaba ahí acusada de homicidio de su bebé, nos está diciendo que todavía hay sectores de la sociedad que castigan fuertemente eso, y que ven el mandato materno como un destino ineludible de las mujeres".
El juez Beltramone tomó en cuenta el relato de Yamila y el de sus padres que, extensamente cuestionados, no se contradijeron en nada. Según la declaración de la joven, "su proyecto era tener a su hijo con su apellido, pero no le había dicho nada a sus padres, aunque se los iba a decir. En diciembre o enero tuvo la certeza de estar embarazada porque le golpeaba la panza. Su falta de menstruación comenzó en diciembre, después que se separó. No sabía de cuánto tiempo estaba embarazada. (Dijo) Que no se hizo asistir por nadie, nunca, por su embarazo. Que estaba en su casa con su hija pensando en su separación, no estaba pensando en tener ya un bebé; y que pensaba tener el parto en el mismo lugar donde tuvo a su hija".
El magistrado se preguntó "por qué un homicida le diría a su padre dónde está el cadáver de su hijo asesinado, como lo hizo, y luego éste asistir a la misma, denunciarla para lograr la prueba máxima del delito. Todo dentro de un contexto de una mujer que se encontraba internada con fuerte pérdida de sangre luego de un parto en ausencia de cualquier condición sanitaria mínima necesaria".
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