CIUDAD › FALLO A FAVOR DE HIJO DE PERSEGUIDOS POLíTICOS EN LOS SETENTA
› Por Lorena Panzerini
Un hombre logró saldar "una deuda histórica" con sus padres biológicos, luego de que la Justicia de Familia de Rosario aceptara la impugnación de la paternidad de sus abuelos, que lo anotaron como propio para protegerlo, ya que sus padres eran perseguidos políticos en 1975. Ambos militaban en el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), en Santa Fe. Mientras su madre estaba embarazada de él, y su hermano era un bebé, su padre fue detenido en Buenos Aires. Ante esa situación, su madre se vio obligada a vivir en la clandestinidad, porque sobre ella pesaba una orden de captura. Su mamá sabía que no podía ir a inscribirlo al Registro Civil como propio. Con la necesidad de proteger al niño y a la mujer, los abuelos maternos lo inscribieron como propio. El muchacho siempre estuvo con su madre, sabiendo la verdad, y vivió con su familia luego que sus padres se reencontraran, se casaran en 1983 y tuvieran otra hija; pero con la democracia tuvo miedo de hacer el trámite para que sus padres biológicos lo sean legalmente. "Con la realidad que vive el país hoy, el cese de la impunidad y el enjuiciamiento de los responsables del terrorismo de Estado", el joven buscó la reparación histórica. Además, el Tribunal de Familia Nº 5, le permitió mantener el apellido materno con el que ya es conocido socialmente.
La dura historia familiar, que se remonta a los años 70, "aparece avalada treinta años después por el Estado Nacional al conocerse las cifras suministradas por el Archivo Nacional de la Memoria, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (...), cuando reseña que entre el 20 de junio de 1973, día de la llamada Masacre de Ezeiza, hasta el 24 de marzo de 1976, fecha de la ruptura del orden democrático, hubo 900 desapariciones, 1500 asesinatos y unas 3000 personas fueron apresadas por causas políticas", dice el fallo.
Como militantes del partido, los padres del hombre, que hoy tiene 38 años -cuya identidad se mantiene en reserva-, habían estado detenidos en 1972: padecieron el encierro y la persecución. Un año después fueron liberados por la amnistía del entonces presidente Héctor Cámpora. Cuando recuperaron la libertad, tuvieron un hijo a principios del '74 (hermano mayor de quien inició el trámite judicial) y a los pocos meses ella volvió a quedar embarazada. A la nueva detención de su pareja, a mitad de la gestación, se sumó que los padres de la mujer, que apoyaban su militancia, sufrieron un atentado con bomba en Santa Fe, en octubre de 1974, por lo que se radicaron en Rosario, y desde allí mantenían contacto con su hija, en Buenos Aires.
Después de que el niño fuera anotado como hijo de sus abuelos, éstos ayudaron a su madre a salir del país con los dos pequeños, y accedió a la calidad de refugiados políticos del Alto Comisionado para los Refugiados de Naciones Unidas (Acnur) con sede en Brasil, en 1979, donde estuvo refugiada. En 1980 el padre de los niños fue liberado, y en 1982 se reencontró, en Argentina, con sus hijos y su pareja. Se casaron en 1983 y tuvieron otra hija.
Cuando inició el trámite para que sus padres figuren como tales en sus registros, el hombre dijo sentir "una deuda histórica" con ellos. Para el Tribunal "el temor que le quedó internalizado en sus primeros años de vida, le impidió hacerlo; pero ahora conforme la realidad que vive el país, el cese de la impunidad y el enjuiciamiento de los responsables del terrorismo de estado le dan un marco de seguridad a la decisión tomada. La persecución aún en el período democrático de 19731976, que generó angustia y aprensión, se refuerza con otros hechos cercanos que respaldan la determinación de inscribir al niño como hijo de los abuelos maternos".
El fallo expresa que los abuelos del hombre actuaron así "para no dejar indocumentado al recién nacido y salvar la vida de su madre, sin perjuicio que estemos frente al posible tipo penal de supresión del estado civil debiéndose en consecuencia oficiar al Juzgado Penal a sus efectos".
El muchacho pretende mantener el apellido con el que es conocido públicamente: el materno. También lo tienen sus hijas. Su padre estuvo de acuerdo; y el juez de trámite, Ricardo Dutto, declaró inconstitucional el artículo 4 de la Ley de Nombres y autorizó que conserve únicamente el apellido materno. "En las particulares circunstancias que condujeron a la diferencia en las inscripciones de los apellidos de los tres hijos, amerita que las pautas legales cedan, cuando el mismo Estado propició el asentamiento desigual de estos hermanos, al no proteger a sus ciudadanos de bandas terroristas enmascaradas en la estructura estatal como Triple A, que en el caso persiguió a la progenitora y a sus ascendientes y obligaron a ocultar la verdadera identidad del recién nacido".
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