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Miércoles, 24 de septiembre de 2014

CIUDAD › LA CORTE CONFIRMó LA PRIMERA CONDENA A REPRESORES DE ROSARIO

Los delitos de la dictadura

El Alto Tribunal de la Nación declaró "inadmisibles" los recursos de queja interpuestos por las defensas de los condenados Amelong, Guerrieri, Fariña y Pagano. "Es una resolución muy importante", explicó la abogada de HIJOS.

 Por José Maggi

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme ayer la sentencia del primer juicio por delitos de lesa humanidad realizado en Rosario. Así quedó ratificada la condena a prisión perpetua por terrorismo de estado a cuatro represores condenados en 2010 por el Tribunal Oral Federal 1 (los militares retirados Juan Daniel Amelong, Pascual Omar Guerrieri y Alberto Fariña; y el ex Personal Civil de Inteligencia (PCI) Walter Salvador Pagano) en la causa conocida como Guerrieri I. En rigor, el máximo tribunal declaró "inadmisibles" los recursos de queja interpuestos por las defensas de los cuatro condenados, en tanto quedó pendiente de resolución el recurso de queja interpuesto por la defensa de otro PCI, condenado en ese juicio, Eduardo Costanzo.

La abogada de H.I.J.O.S. Rosario, Nadia Schujman, explicó que quedaron firmes las condenas a prisión perpetua dictadas en abril de 2010 por el TOF1 de Rosario contra los militares retirados Amelong, Guerrieri y Fariña; y el ex Personal Civil de Inteligencia, Pagano. En tanto, quedó pendiente de resolución el recurso de queja interpuesto por la defensa de Costanzo. "Es una resolución muy importante, porque es la primera condena de Rosario que queda firme", resaltó Schujman.

La abogada remarcó además que el destino de los cuatro represores es la cárcel común, tal como señalaba la sentencia original del TOF 1.

En abril pasado, la Sala III de la Cámara de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Mariano Borinsky, había rechazado un recurso extraordinario presentado por las defensas de los cinco condenados para que el caso fuera revisado por la Corte. Finalmente, los defensores fueron en queja al Alto Tribunal, que con la firma de cuatro de sus integrantes declaró "inadmisible" el planteo.

Los cuatro represores cuyas condenas quedaron firmes formaron parte del Batallón de Inteligencia 121 de Rosario que durante la última dictadura coordinó el funcionamiento de los centros clandestinos de detención "La Calamita", ubicado en Granadero Baigorria; "Quinta de Funes" de esa localidad; "Escuela Nº 288 Osvaldo Magnasco" de Rosario; quinta "La Intermedia" perteneciente a la familia de Amelong, ubicada a 30 kilómetros al norte de Rosario; y la "Fábrica Militar de Armas Domingo Matheu".

El fallo dictado en 2010 por el TOF1 de Rosario probó la existencia de un "plan sistemático" y global con el objetivo de exterminar a militantes políticos que fue ejecutado, entre otras áreas del Ejército y la Policía, por el Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario que integraron los acusados.

En cuanto a los lugares de encierro a los que se refería la sentencia original del TOF 1 cuando hablaba de "cárcel común", cabe recordar que Pagano está detenido en la cárcel de Marcos Paz, mientras Guerrieri, Amelong y Fariña están cumpliendo su condena en el penal de Campo de Mayo. En síntesis, la justicia tiene el amplio criterio de que "cárcel común" es cualquier penal que no sea el domicilio del condenado, que constituiría la condición de arresto domiciliario.

En tanto para la abogada Gabriela Durruty la decisión "es para celebrar porque es el primer juicio por delitos de la dictadura en Rosario y éste fue el momento en que esta ciudad alcanzó el standard mínimo en derechos humanos".

La letrada agregó que "en el caso de Amelong con esta posición de la Corte estaríamos en condiciones de retirarle la matrícula de abogado, cosa que debió hacerse mucho antes". En ese sentido, hoy las abogadas de HIJOS serán recibidas por integrantes del Colegio de Abogados de Rosario tras el pedido de retiro de la matrícula a Amelong.

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La Corte dejó firme la sentencia por delitos de lesa humanidad realizado en Rosario.
 
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