Vie 04.08.2006
rosario

CIUDAD

Los concejales se metieron con los tatuajes, piercing y perforaciones

El Concejo votó ayer una amplia regulación que incluye cursos ogligatorios para los tatuadores y un registro de locales y profesionales. Las multas van de los 300 a los 970 pesos.

El Concejo Municipal aprobó ayer una abarcadora regulación para la práctica del tatuaje, perforación y piercing. De acuerdo a la norma promovida por el edil justicialista Arturo Gandolla, las personas que realicen este tipo de aplicaciones deberán aprobar un curso de capacitación sanitaria de carácter obligatorio. Además se creará un registro de las sujetos y establecimientos habilitados en toda la ciudad. Se prohíbe la efectivización de estas prácticas a menores de 18 años o incapaces, salvo que se presenten al local acompañados por sus padres o cuando acompañen autorización por escrito de los tutores. El incumpliento de la regulación ayer sancionada traerá aparejado multas desde los 300 hasta 970 pesos, clausura de hasta 90 días y el posible arresto por 15 días, con agravantes ante cualquier reincidencia.

En los considerandos de la iniciativa se justifica la necesidad de regular la actividad ya que, "si las condiciones de higiene de los establecimientos y materiales no son las adecuadas, tanto los profesionales como los usuarios están expuestos a contraer enfermedades contagiosas, como el HIV y la Hepatitis B y C".

Al mismo tiempo se menciona que los tatuajes y piercing pueden producir infecciones bacterianas como impétigo, erisipela, gangrena, celulitis y virales como vegetaciones. También se advierte que tatuar a menores de 18 años sin el consentimiento expreso de quienes ejercen la patria potestad configura una falta contra la salud pública a nivel provincial.

A la fecha no existe regulación provincial sobre tatuajes y actividades conexas. En la Legislatura de Santa Fe, existe un proyecto presentado por la diputada Adriana Cavuto que obtuvo media sanción en la Cámara baja y espera ser tratado en la Cámara de Senadores.

A partir de la entrada en vigencia de la Ordenanza aprobada ayer en el Concejo, los establecimientos contarán con un plazo de 180 días para adaptarse en materia de habilitación. Las personas que deseen realizar el curso de capacitación deberán inscribirse en un Registro que se creará a tal efecto en el término de 60 días.

Los locales que realicen estas prácticas deberán, además de cumplir con los requisitos que se exigen en el Reglamento de Edificación para los locales de cuarta clase, acreditar el cumplimiento de condiciones específicas de salubridad, como contar con un método de esterilización destinado al tratamiento de los materiales de reutilización.

Las personas que realicen las aplicaciones deberán aprobar un curso de capacitación higiénico﷓sanitaria de carácter obligatorio, que será organizado e implementado por el municipio.

Se creará un Registro de las personas habilitadas para realizar prácticas de tatuaje y de los establecimientos habilitados. Queda prohibido tatuar o perforar a personas alcoholizadas o bajo el efecto visible de sustancias tóxicas; ingerir alcohol o fumar durante la práctica y la práctica ambulante de tatuajes y perforaciones. Las personas que se realicen tatuajes o piercing deberán firmar un documento de consentimiento.

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