Viernes, 2 de octubre de 2015 | Hoy
CIUDAD › REGISTRO DE OBJETORES DE CONCIENCIA EN EL áMBITO DE LA SALUD
La media sanción que dio ayer la Cámara de Diputados de Santa Fe fue recibida con satisfacción por organizaciones que defienden los derechos de la mujeres a requerir un aborto no punible en establecimientos de salud públicos.
La Cámara de Diputados provincial le dio media sanción al proyecto de ley que establece la creación del registro de objetores de conciencia en el ámbito de la salud, lo que ayer en Santa Fe fue recibido con satisfacción en las organizaciones que defienden los derechos de la mujer. La iniciativa aprobada pasó al Senado para su tratamiento final. Apunta a brindar garantías legales a los médicos e instituciones de salud en casos de abortos no punibles, y también aporta claridad a las pacientes que llegan hasta el sistema de salud en busca de esa solución. "A pesar de que la ley es muy clara al respecto y no requiere de ninguna autorización por parte de la Justicia, es frecuente que los médicos dilaten o se nieguen a la realización de un aborto de esta manera. Esto suele afectar sobre todo a las mujeres que provienen de los sectores sociales más vulnerables que se atienden en los hospitales públicos. Se busca con este proyecto terminar con estas situaciones de inequidad y discriminación", explicó la diputada autora del proyecto, Alicia Gutiérrez (partido SI).
La propuesta establece el protocolo que deben seguir profesionales y trabajadores de la salud para ejercer su derecho de objeción de conciencia, como para que a mujeres que necesiten someterse a un aborto tengan garantizado sin obstáculos el acceso a las prestaciones básicas de salud sexual y reproductiva.
Previo a la sesión, hubo en Legislatura una reunión de referentes de distintos bloques con el presidente de la Cámara, Luis Rubeo, el ministro de Salud, Mario Drisun, y representantes de las multisectoriales de mujeres de Santa Fe y Rosario.
El registro estará a cargo del Ministerio de Salud, y centralizará los nombres de los objetores en una base de datos de acceso público.
"Es preciso garantizar a través de un marco legal correspondiente que las mujeres sean atendidas en los establecimientos de salud cuando requieran, por ejemplo, un aborto no punible, es decir, cuando deseen interrumpir un embarazo que es producto de una violación o que pone en riesgo su salud y que no se violen sus derechos alegando razones de tipo éticas, religiosas o ideológicas", argumentó Gutiérrez.
La legisladora del Frente Progresista había presentado el proyecto en 2010, sin el consenso suficiente. Si bien existe un registro de objetores creado por una resolución ministerial, Gutiérrez consideró que es necesario darle fuerza de ley para que brinde seguridad jurídica a los objetores y también a las pacientes.
El proyecto aprobado ayer en Diputados busca allanar el camino y establece que los objetores que se incorporen a efectores públicos deberán abstenerse de cumplir funciones en áreas de salud sexual y reproductiva, y menos aún podrán ocupar cargos de jefes o directores de estos servicios. Los que se encuentren en esta situación antes de la promulgación de la ley, luego serán reasignados.
"Si bien es importante respetar el derecho de profesionales y trabajadores a no ser obligados a realizar acciones que sean contrarias a sus convicciones personales -argumentó la autora del proyecto de ley-, la protección constitucional de este derecho individual no puede de ningún modo interpretarse por sobre un derecho humano fundamental, como lo es la salud, y el derecho de las mujeres a acceder, entre otras cosas, a un aborto no punible".
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