CIUDAD › UN EX JEFE POLICIAL VUELVE A ESTAR IMPUTADO POR ENRIQUECIMIENTO ILíCITO
Ricardo Cáceres, número 1 de la Policía provincial entre 2007 y 2009, había sido sobreseído en diciembre pero ahora la Cámara revocó el fallo y ordenó investigar hasta agotar dudas. Durísima crítica al desempeño de la Fiscalía
El ex comisario general Daniel Ricardo Cáceres quedó nuevamente bajo la lupa judicial: la Cámara Penal revocó ayer su sobreseimiento en la causa por presunto enriquecimiento ilícito. La jueza Delia Paleari había desvinculado al policía a fines de noviembre pasado, tras recibir un peritaje contable que supuestamente no arrojaba mérito para un procesamiento. Sin embargo, las conclusiones del informe no convencieron a la Fiscalía. Ante ello, la fiscal de Cámara Cristina Rubiolo apeló el fallo que ayer fue revocado por la jueza Georgina Depetris. En su resolución, la magistrada consideró que deben agotarse todas las medidas, ya que "no debe quedar resquicio de duda" para sobreseer al acusado, más en un caso "de interés público", en el que están en juego "compromisos internacionales como la Convención Interamericana contra la corrupción". De todos modos, no ahorró en críticas a la Fiscalía.
Cáceres fue subjefe de Policía de la provincia y asumió como jefe dos meses antes de que Jorge Obeid dejara su cargo, en 2008. Luego, fue sostenido por el gobierno de Hermes Binner, durante casi la totalidad del primer año de su mandato. Antes de llegar a los altos cargos de la provincia, había sido jefe de la Unidad Regional XVII, de San Lorenzo.
La investigación en su contra comenzó en febrero de 2009, en la Dirección de Asuntos Internos, adonde llegó por fax un anónimo en el que lo denunciaban por enriquecerse de manera ilícita, ya que había "comprado un terreno valuado en 60 mil dólares, en un country de Pueblo Esther donde se estaba construyendo una casa". La denuncia hablaba de un inmueble que incluía "una bajada para lanchas"; y apuntaba a "negocios" del funcionario policial.
Desde la dependencia policial se solicitaron todos los informes necesarios. La defensa, en tanto, intentó probar la inocencia de Cáceres y que los ingresos que le permitieron adquirir sus bienes eran lícitos. En ese informe se conoció que es propietario de una casa en calle 3 de Febrero al 600, un departamento en Mendoza al 600, una cochera en Juan Manuel de Rosas al 1200, un local de Maipú al 2000, un Peugeot 407, un Citroën C4 y una embarcación, además de títulos públicos. La propiedad de Pueblo Esther, estaría a nombre de su madre.
Con ello, la causa pasó a la Justicia, donde la defensa de Cáceres alegó que el delito estaba prescripto, ya que habían pasado más de seis años, tal el monto de la pena por enriquecimiento ilícito. En ese momento, la Alzada ordenó que se siga investigando.
"Se ha justificado el origen lícito de su incremento patrimonial", se resolvió en primera instancia al sobreseer al acusado. Es que para la magistrada fue convincente que con la explotación de un taxi, los sueldos del policía y un negocio de venta de lencería de su mujer, se conformaban tres ingresos importantes para solventar los gastos mencionados.
Sin embargo, la fiscal Rubiolo apeló por considerar que debería hacerse una "ampliación de la pericia contable, ya que existen inconsistencias y dudas acerca de la legalidad del incremento patrimonial de Cáceres".
Ante ello, tras la audiencia oral y pública de apelación, la camarista señaló: "Cierto es que se requiere certeza (para dictar sobreseimiento). Ante el silencio de la fiscalía y las conclusiones de la pericia, que avalan las explicaciones de Cáceres, la jueza de primera instancia consideró no comprobada la existencia de delito. Pero algunas dudas de la fiscal ameritan una explicación". Por lo que ordenó que la causa vuelva al juzgado de Paleari para que "se provea la prueba requerida" y esa instancia sea agotada.
Antes de dar a conocer esa decisión, sostuvo: "No puedo evitar manifestar perplejidad y asombro por la conducta de la Fiscalía; porque no solo no hizo nada durante la instrucción (previa al fallo de sobreseimiento) que orientara a la magistrada, sino que se conformó con lo que había y pidió la resolución".
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