CIUDAD › HABEAS CORPUS POR PRESOS EN LAS COMISARIAS
Un juez de primera instancia rechazó el recurso de hábeas corpus preventivo presentado por la Coordinadora de Trabajo Carcelario a favor de las personas detenidas en comisarías y subcomisarías de la Unidad Regional II de Policía de Rosario, para que sean trasladados a unidades penitenciarias. El magistrado Hernán Postma (Instrucción 11º Nominación) consideró que en los últimos tres años se redujo la cantidad de detenidos en las seccionales y se pusieron en marcha cuatro grandes obras que permitirán derivar a una mayor cantidad de presos alojados en comisarías. Tras considerar las argumentaciones del juez como "erróneas", la CCC, presentó un nuevo recurso ante la Cámara de Apelaciones.
En la reciente presentación, los integrantes de la Coordinadora recordaron que en septiembre de 2004, interpusieron el habeas corpus correctivo "atento las condiciones de hacinamiento, indignas, humillantes e inhumanas en que se encuentran detenidas las personas alojadas en las seccionales de la policía dependientes de la URII".
La ONG citó un informe confeccionado por la sección Planificación y Arquitectura de la policía provincial, donde se admite que "el 70 por ciento de las dependencias verificadas resultan inadecuadas para alojar personas, el 12 por ciento son malas y 12 por ciento son regulares.
En resumen las personas privadas de libertad triplicaban la capacidad edilicia y vivían en lugares que en un 70 por ciento no se encontraban en condiciones de habitabilidad", plantearon.
"Los penales policiales, al menos en su enorme mayoría, no reúnen las condiciones mínimas exigibles para alojar personas, aún sin tener en consideración la dramática situación de sobrepoblación que los mismos padecen. Aún cuando no existiera el gravísimo problema de sobrepoblación y hacinamiento, no serían lugares aptos para mantener en su interior a personas privadas de su libertad y brindarles un trato mínimamente digno. Indudablemente el hecho de que se alojen en los penales policiales muchas más personas que las que su capacidad permite, agrava aún más la situación que padecen las personas que deben permanecer privadas de su libertad en lugares que de por sí no son adecuados", dice el texto legal.
"Por otra parte -continúa- conforme surge de los informes médicos, las patologías padecidas por los detenidos, no han variado y sigue siendo la patología más común, las enfermedades de piel (escabiosis y micosis) típicas de ambientes poco ventilados y de hacinamiento".
"Los fundamentos expuestos por la Justicia para rechazar el pedido son erróneos", explicó Carmen Maidagan, abogada de la CTC, para después agregar que "la población carcelaria se redujo sólo de 1200 a 1000 detenidos, cuando el tope debería ser 300 y además, de los cuatro edificios anunciados por el gobierno provincial para descomprimir la situación sólo el penal de Piñero y la Alcaidía de Jefatura fueron habilitados en parte para ese fin. El resto de lo prometido el mini penal de la seccional 11 y otro similar en la 19ª, aún no se inauguraron".
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