Dom 17.06.2007
rosario

SANTA FE › OPINIÓN

La cárcel como medida de último recurso

› Por Alicia Simeoni

"A este chico le hizo bien estar en Coronda porque pasó por un pabellón religioso y ha cambiado su forma de ser", dijo el juez de Menores Juan Leandro Artigas en declaraciones a LT8 cuando se le preguntó por el 'olvido' hacia Heraldo V.. La opinión del magistrado no sólo es un recorte de una parte de la realidad sino que además es un recorte que niega las leyes, doctrina y convenciones internacionales en materia de derecho de menores que plantean que una de las formas de concreción de los derechos humanos del niño, niña o adolescente es la opción, prioritaria aunque no excluyente, por la defensa de su libertad. El artículo 37 b. de la Convención Sobre los Derechos del Niño es taxativa al determinar que: "El encarcelamiento o la prisión se utilizará como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda". Con la afirmación que hace el magistrado Artigas plantea un nuevo paradigma, que intenta mediatizar: "un chico como Heraldo está mejor privado de la libertad que en libertad" porque ahora, adopción de la religión evangelista mediante, el chico está más tranquilo". Casi podría adoptarse el criterio reduccionista de realizar un contrato con las Iglesias Evangélicas para que se ocupen de 'calmar' las angustias, soledades y desamparos que luego los adolescentes expresan en agresiones diversas contra los demás y contra sí mismos. Tal vez un hecho para valorar es la difícil tarea de saber como arreglárselas dentro de una prisión: para quien nunca tuvo un lugar, o lo tuvo en la exclusión como Heraldo V., tal vez sea cierto que la religión le sirvió como mecanismo de contención, de posicionamiento para estar dentro de la cárcel y pasar la brutalidad del encierro en un sitio de adultos. Pero esto no cambia la realidad de Heraldo hacia el afuera de la prisión. ¿Desde qué lugar el magistrado que no se acordaba ni de quien era el chico, que no lo tenía en su registro de preocupaciones diarias, que no lo vio durante más de un año puede evaluar que está bien o si el 'cambio', la tranquilidad, parten de aceptar con resignación las brutalidades que en un territorio de adultos vivió en plena formación de su personalidad. Para el caso, correspondería, además, preguntarle al magistrado por qué dijo que no encontraba lugar de alojamiento para el otro chico, a quien se conoce como Pelo Duro, recurrente en la transgresión a la ley. A contramano de leyes y preocupaciones nacionales e internacionales la propuesta puede ser que vayan a prisiones donde puedan abrazar el tranquilizante, a veces el somnífero discurso de las opciones religiosas.

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