Vie 01.04.2016
soy

Tratame bien

Se aprobó la primera guía de procedimientos para personas trans en las cárceles. Aquí, algunas de las obligaciones para el personal médico y penitenciario.

“Nos desnudaron por completo, es decir, sin ropa interior, nos revisaron prenda por prenda, me hicieron estirar las manos, dar vueltas, girar, y ponerme en cuclillas. Me tocaron, supuestamente para requisar, mientras me gritaban ‘puto, ándate a tu país’. No lo hace un médico sino los mismos agentes y dejan la puerta abierta para que se junten varios a mirar.” Con mínimas variaciones, estas eran las imágenes que reaparecían en los testimonios de las mujeres trans detenidas en el Complejo Penitenciario Federal I (Módulo 6) y en el Complejo Penitenciario Federal IV. Los testimonios fueron tomados para una investigación del Programa contra la Violencia Institucional y la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación el año pasado. Aquella investigación motivó un habeas corpus que acaba de dar como resultado una Guía de Procedimientos para regular las requisas a las personas trans (que se puede descargar de: www.mpd.gov.ar). Este protocolo, que regula cómo deben ser las revisaciones médicas y las requisadas realizadas a las personas trans que ingresen a las Alcaidías ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires, está a tono con la Ley de Identidad de Género y promueve, además, un plan de capacitación permanente en temas lgbti para el personal del Servicio Central de Alcaidías. En todos los casos la guía prohíbe los desnudos totales y establece que la persona detenida debe poder elegir en lo posible la identidad de género de quien le va a hacer la revisión.

Los exámenes médicos:

  • Se deben llevar a cabo únicamente por médicxs capacitadxs en la atención a personas trans.
  • Se debe resguardar la intimidad, privacidad, confidencialidad y dignidad de la persona.
  • Se deben realizar en un lugar adecuado y el procedimiento debe ser filmado (sin pausas). Ese registro debe ser conservado.
  • Antes de empezar el médico deberá informar a la persona detenida en qué consiste el procedimiento.
  • Se le debe dar a la persona un momento de intimidad para sacarse la ropa y ponerse la bata médica.
  • Si la persona se niega a realizarse el examen o a continuarlo, la práctica debe cesar.

Los procedimientos de “control y registro” (en busca de objetos prohibidos y sustancias ilegales):

  • l Se debe priorizar el uso de medios tecnológicos (paletas o arcos detectores) que reemplacen las requisas manuales.
  • l Si no se cuenta con medios electrónicos, el procedimiento se debe llevar a cabo solo sobre la ropa, nunca sobre el cuerpo.

Si cualquiera de estos puntos no se respetan, podés informar su incumplimiento por teléfono a las dependencias de la Defensoría General de la Nación: Programa contra la violencia institucional: 5217-0676
Comisión sobre temáticas de género: 4243-3008
Comisión de cárceles: 4382-8634/1972

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