Mar 18.03.2008

20:55  › ADOLESCENTES PRIVADOS DE LIBERTAD

La Corte suspendió la libertad progresiva

La Corte Suprema de Justicia suspendió una sentencia que ordenaba la libertad progresiva, en un plazo de tres meses, de todos los menores de 16 años detenidos o internados en institutos por estar involucrados en causas penales.

El alto tribunal adoptó esta decisión al revocar un fallo dictado en diciembre por la Cámara de Casación Penal, aunque no se pronunció sobre la validez constitucional de las normas sobre el régimen penal de menores.

En el fallo dictado hace tres meses, Casación había declarado inconstitucional el artículo 1 de la ley 22.278 al aceptar una acción de hábeas corpus promovida por la Fundación Sur, que defiende los derechos de los menores de 16 años que se encuentran detenidos.

El artículo 1 de la norma prevé que no es punible quien no haya cumplido 16 años y, si existiere imputación contra ellos, "la autoridad judicial lo dispondrá provisionalmente" y "en caso necesario, pondrá al menor en lugar adecuado para su mejor estudio durante el tiempo indispensable".

En ese sentido, Casación -además de la declaración de inconstitucionalidad- había encomendado a los jueces de minoridad que conformaran una mesa de diálogo con todos los sectores involucrados.

El tribunal penal exhortaba al Poder Legislativo a que en un plazo no superior a un año adecuara las normas en materia de menores a los nuevos estándares constitucionales y estableciera un sistema coordinado con la ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

Como esa ley prohíbe utilizar la privación de la libertad como medida de protección, el abogado Emilio García Méndez, de la Fundación Sur Argentina, presentó el hábeas corpus pidiendo la liberación colectiva y progresiva de los jóvenes de 16 años internados en el Instituto de Menores San Martín, de esta capital.

Pero como el fallo de la Casación no se llegó a poner en práctica y ahora la Corte lo suspendió, los menores continuarán alojados en los institutos, explicaron fuentes judiciales.

La resolución fue apelada por el fiscal Raúl Plee quien, ante la desestimación de su planteo, presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema.

El alto tribunal, con la firma de su presidente Ricardo Lorenzetti y la de los ministros Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, declaró "admisible" el recurso de queja y suspendió la ejecución de la sentencia.

Los otros tres ministros del tribunal, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Raúl Zaffaroni estuvieron ausentes.

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