23:19 › CAUSA POR EL PLAN CóNDOR
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme hoy una resolución judicial que disponía la prórroga de la prisión preventiva dictada en contra del ex dictador Jorge Rafael Videla. El máximo organismo judicial, rechazó además los recursos extraordinarios planteados por la defensa de Videla y de José Néstor Maidana, Juan Antonio Azic, Eros Amilcar Tarela e Isabelino Vega, todos ellos acusados de cometer delitos de lesa humanidad.
La Corte resolvió desestimar la queja que había sido interpuesta por la defensa particular de Videla, en el marco de la causa conocida como "Plan Cóndor", por lo que la resolución que había prorrogado su prisión preventiva quedó firme.
Los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Zaffaroni consideraron que el recurso extraordinario federal, cuya denegación había originado sus intervenciones, era inadmisible (artículo 280 del C.P.C y C.N.).
En tanto, los jueces Petracchi y Argibay sostuvieron que no se habían cumplido los requisitos de la acordada 4/07 que reglamenta las condiciones de interposición de los recursos extraordinarios y de las quejas por su denegación.
Además la Corte rechazó la queja interpuesta por la defensa de Juan Antonio Azic contra la resolución del Juzgado Federal 12, que había ordenado la ampliación del auto de procesamiento y prisión preventiva del nombrado, a quien se le atribuyen delitos cometidos durante la dictadura militar (1976-1983).
Al respecto los ministros Lorenzetti, Highton y Zaffaroni consideraron que el recurso resultaba inadmisible, mientras que los jueces Petracchi, Maqueda y Argibay sostuvieron que el recurrente no había dado cumplimiento con la Acordada 4/07 del Tribunal.
En el caso de Maidana, el tribunal resolvió desestimar la queja que había sido interpuesta por su defensa, en el marco de la causa vinculada al Primer Cuerpo de Ejército (El Vesubio), en la que se le atribuyen 85 privaciones ilegales de la libertad y la misma cantidad de tormentos. Por tal motivo, la resolución que había prorrogado su prisión preventiva también quedó firme.
Una decisión similar se adoptó para el caso de Tarela, donde la Corte resolvió desestimar la queja interpuesta por la defensa, en el marco de la causa en la que está procesado por los delitos de privación ilegal de la libertad y tormentos vinculados a la represión del último gobierno militar.
Finalmente la Corte declaró inadmisible el recurso extraordinario articulado por la defensa de Vega contra la decisión que había rechazado un planteo de inconstitucionalidad del art. 316 del Código Procesal Penal de la Nación y, subsidiariamente, el de arresto domiciliario.
En la referida causa se le atribuye a Vega coautoría -autor mediato- en el delito de torturas en perjuicio de sesenta y tres víctimas, en concurso real con el delito de tormentos en perjuicio de setenta y siete víctimas, coautoría -autor mediato- en el delito de un homicidio agravado.
Además coautoría -autor mediato- en un hecho de torturas seguidas de muerte y partícipe necesario en las privaciones ilegítimas de la libertad que sufrieron tres personas, todos en concurso real, cometidos durante la dictadura.
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