Mar 10.11.2009

16:57  › PARA DEFINIR SI DOS JóVENES SON HIJOS DE DESAPARECIDOS

La Cámara Federal avaló la utilización de ADN extraído de prendas íntimas

La Sala Segunda respaldó la decisión de la jueza María Romilda Servini de Cubría de analizar el patrón genético de dos presuntos hijos de desaparecidos, extraído de las prendas confiscadas durante un allanamiento.

La Cámara se pronunció en el marco de la denominada "Causa Prieto", la misma en la que en agosto pasado la Corte Suprema avaló los allanamientos para secuestrar cepillos de dientes, peines y prendas de vestir como medios de prueba para determinar las identidades biológicas de los presuntos descendientes de desaparecidos.

Los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah rechazaron sendos recursos de queja presentados por los hermanos Guillermo Antonio y Emiliano Matías Prieto, quienes objetaron que los efectos personales que Servini de Cubría secuestró de sus casas en un allanamiento el 2 de septiembre pasado fueran peritados para determinar su ADN.

El fallo implica que esos elementos personales serán analizados por el Banco Nacional de Datos Genéticos que funciona en el Hospital Durand, para "la obtención de muestras de ADN comparativo para los correspondientes estudios de histocompatibilidad".

Así, la Justicia busca determinar si existen vínculos de filiación con "los grupos familiares Ingold-Angerosa y Segarra–Torres (ambos matrimonios desaparecidos durante la dictadura), así como también con los restantes grupos familiares de personas desaparecidas obrantes en esa Unidad de Inmunología".

"La cuestión puesta a estudio se torna claramente inapelable, ya que obtenido el material genético conforme a las pautas indicadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en sus recientes pronunciamientos, la magistrada ha dispuesto la realización de un peritaje, sin involucrar ninguna acción de los jóvenes", sostiene el fallo.

El 11 de agosto pasado, la Corte Suprema avaló los allanamientos a domicilios de presuntos hijos de desaparecidos, apropiados durante la dictadura, para secuestrar ropa íntima, cepillos de dientes o peines de los cuales extraer el patrón genético que permita obtener su verdadera filiación.

Al mismo tiempo, el tribunal rechazó la extracción compulsiva de sangre a mayores de edad para obtener de allí el ADN con el cual determinar su identidad. El fallo de entonces fue firmado por los jueces Lorenzetti, Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco, Petracchi, Argibay y Juan Carlos Maqueda.

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