Mié 17.02.2010

20:53  › JUSTICIA ELECTORAL

Servini de Cubría ratificó la vigencia de la Reforma Política

La jueza federal rechazó suspender la aplicación de la nueva ley, solicitada por trece partidos políticos que objetaron el veto del Ejecutivo a dos de sus artículos. Al mismo tiempo le pidió al Gobierno nacional, autor de la iniciativa, que informe acerca de sus antecedentes y fundamentos.

La magistrada habilitó continuar investigando el fondo del reclamo y le pidió al Gobierno que en 10 días presente un informe sobre "los antecedentes y fundamentos" de la nueva ley. El amparo había sido presentado por trece partidos políticos, entre ellos el GEN, de la diputada Margarita Stolbizer, el Partido Obrero, PAIS, el Movimientos Libres del Sur, el Partido Humanista y el Movimiento Socialista de los Trabajadores, quienes pidieron la nulidad del veto presidencial a los artículos 107 y 108, que fijaban que las nuevas condiciones para obtener la personería jurídica entraban en vigencia recién el 31 de diciembre de 2011, por lo que no se debía cumplir en las elecciones presidenciales de octubre del próximo año. Los nuevos requisitos contemplaban que los partidos debían tener la adhesión de al menos el cuatro por ciento del padrón electoral de cada distrito.

Cuando el Gobierno promulgó la ley 26.571, a través del decreto 2004,objetó los dos artículos mencionados al considerar que "contradicen el objetivo central de la ley al diferir hasta el año 2012 la aplicación de normas que están directamente relacionadas con la mejora de la representación política y se consideran fundamentales para ordenar el universo de actores políticos".

Los partidos sostuvieron que con ese veto la norma entró en vigencia en diciembre pasado y perjudica su integración, mientras que favorece el bipartidismo entre el Partido Justicialista y la Unión Cívica Radical. María Servini de Cubría rechazó la medida cautelar al sostener que en 2010 no habrá elecciones nacionales ni en la Capital Federal, por lo cual "no alcanza a vislumbrarse el perjuicio real, concreto y actual que justifique la procedencia de la medida requerida".

En el fallo dictado el 3 de febrero y que se conoció hoy en Tribunales, la jueza agregó que aún cuando se mantenga la vigencia del veto, el fondo del amparo será resuelto "sin duda, con anterioridad a la sustanciación de los procedimientos establecidos en la Ley 26.571 y su decreto de promulgación cuestionado".

La reforma a la ley orgánica de partidos políticos establece, entre otras cosas, elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias y la necesidad de que un partido esté inscripto en cinco jurisdicciones para ser considerado nacional.

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