22:09 › LA CáMARA PORTEñA RATIFICó LA ABSOLUCIóN DEL EX SECRETARIO DE FTV
Así lo consideraron los magistrados miembros de la Sala I de la Cámara en lo Penal Contravencional y de Faltas porteña, que coincidieron con el fallo judicial que absolvió al ex secretario Federación Tierra y Vivienda del delito de obstrucción de la vía pública e impedimento de la circulación de vehículos con una movilización organizada en mayo de 2009 por la avenida Rivadavia.
"La movilización organizada por Luis Angel D´Elía no es antijurídica (...) se ha mantenido dentro de los cauces institucionales, no habiendo sido más que el ejercicio regular del derecho constitucional del procesado, aunque hubiere sido masiva, y que por su número hubiere causado -como resulta lógico- molestias en la circulación de vehículos y transporte público", concluye la resolución que compara la manifestación en cuestión con puebladas a Plaza de Mayo de 1811, el 17 de octubre de 1945 -Día de la Lealtad peronista- y las movilizaciones de Juan Carlos Blumberg debido a que en esas ocasiones los manifestantes tampoco pidieron permiso para movilizarse y exteriorizar sus reclamos o adhesiones.
Si bien el fallo no fue unánime --los jueces José Sáez Capel y Elizabeth Marum dieron el voto mayoritario, a contrapelo de la opinión de su colega Marcelo Vázquez--, ratificó la absolución que alcanzó D'Elía tras el juicio que se le siguió por encabezar, el 7 de mayo de 2009, una manifestación desde el barrio de Liniers hasta la Plaza de Mayo por todos los carriles de la avenida Rivadavia en apoyo a la candidatura de Néstor Kirchner a diputado nacional, y en exigencia de "más morochos" en las listas de candidatos del kirchnerismo.
El fiscal Adolfo Bormida apeló ese fallo y acusó al dirigente de infringir los artículos 78 y 69 del Código Contravencional, pedido al que la Cámara porteña no dio lugar. Por el contrario, ratificó el derecho de D'Elía y sus hombres a manifestarse porque -se sostuvo- "en un Estado Constitucional de Derecho como el nuestro, la libertad de expresión no parece que en principio pueda ser limitada por una previa notificación administrativa a la autoridad".
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