19:28 › INTERNAS CONFIRMADAS
El ministro del Interior señaló que la ley de elecciones primarias, simultáneas y obligatorias no surgió por decisión del Gobierno sino que fue consensuada con todos los actores políticos. Además, indicó que hacía falta ordenar la situación, ya que había "más de 700" partidos en el país.
Florencio Randazzo definió como "un avance importante" la realización de las internas primarias, simultáneas y obligatorias que se realizarán el 14 de agosto, antes de las elecciones generales, como así también los "aspectos vinculados con el fortalecimiento de los partidos".
El Gobierno formalizó hoy la reglamentación parcial de la ley de reforma política mediante la publicación en el Boletín Oficial de los cuatro decretos -935, 936, 937 y 938- firmados por Cristina Fernández de Kirchner, y adelantados ayer por Randazzo en la Casa de Gobierno. "Hay que consolidar el sistema de partidos políticos dándoles los elementos necesarios para que funcionen y, luego, cumplir con la ley", planteó el ministro.
Consideró que las críticas lanzadas contra la reglamentación de la ley de reforma política constituyen "chicanas que no le hacen bien a la democracia" y terminan "desvirtuando cuestiones o instrumentos que son avances en materia política". Randazzo opinó que es "maravilloso" que exista una ley que "permita que todos los argentinos concurran a votar para decidir quiénes van a ser los candidatos en las elecciones generales" y sostuvo que "lo perverso era que esa decisión estuviese en manos de estructuras políticas perimidas y, a veces, con políticos sin mucha representación".
Los ejes centrales de los cuatro decretos publicados hoy son la informatización del padrón electoral, la creación de un consejo de seguimiento de las elecciones primarias y la facilitación del proceso para desafiliarse de un partido político.
El decreto 935 incorpora nuevas tecnologías informáticas en el Registro Nacional de Electores, que estará conformado por los datos referidos a altas, bajas, emisión de nuevo ejemplar, cambios de domicilio y toda otra novedad que posea la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER). A su vez, el RENAPER incorporará la firma, la fotografía y la huella dactilar de los electores por captura óptica, digital o electrónica, que serán consideradas originales.
El mismo decreto incorpora también el procedimiento para dejar constancia de la situación de ciudadanos declarados ausentes por desaparición forzada. Para ello, la secretaría de Derechos Humanos deberá elevar a la Cámara Nacional Electoral la información que tenga sobre ciudadanos que fueron declarados desaparecidos, y se establece también que en las hojas impresas del padrón electoral, los electores ausentes por desaparición forzada deberán visualizarse con un sombreado que los resalte y una leyenda.
En tanto, el decreto 936 precisa detalles del régimen de financiación pública y privada de las agrupaciones políticas y de las campañas electorales, así como el destino de los aportes y las modalidades de gestión financiera y los mecanismos de control. Para ello, se pide la identificación de los donantes y crea una cuenta corriente gratuita para cada partido en el Banco Nación.
El decreto 937 reglamenta el reconocimiento de los partidos políticos, la constitución de las alianzas electorales y da detalles sobre los requisitos para la afiliación y la renuncia a un partido. Se aprueba el modelo de formulario y la planilla de presentación de adhesiones que deberán utilizarse para la acreditación de los partidos.
Por último, el decreto 938 establece un Consejo de Seguimiento de las Elecciones Internas, que deberá reunirse cada 15 días para solicitar a la Dirección Nacional Electoral los informes sobre el desenvolvimiento del proceso electoral y podrá presentar propuestas para el mejor funcionamiento del proceso electoral.
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