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La Secretaría de Transporte dispuso que a las compañías de transporte público de pasajeros que incumplan con las contribuciones previsionales de sus empleados se les suspendan los beneficios del Régimen de gasoil a precio diferencial y de compensaciones tarifarias que otorga el gobierno nacional. La suspensión será durante los 20 días posteriores a la notificación de la falta, plazo después del cual se podría perder el beneficio.
La medida fue anunciada en la Resolución 653/2012 publicada en el Boletín Oficial, que establece un sistema de verificación respecto del cumplimiento de aportes correspondientes a este año, cuyo pago se convirtió en un requisito indispensable para que las empresas adquieran gasoil a precios diferenciales y evitar así una variación en las tarifas del servicio.
La norma indica que el área que encabeza Alejandro Ramos "procesará para cada período de liquidación la información correspondiente al período que va desde el mes de noviembre de 2011 hasta el segundo mes anterior al del mes a liquidar, ambos inclusive, referida al cumplimiento de las obligaciones de la seguridad social" de "cada uno de los contribuyentes que presten servicios de transporte de pasajeros de jurisdicción nacional, provincial y municipal".
"La verificación será efectuada a partir del procesamiento de la información del mes de enero de 2012 del régimen de gasoil a precio diferencial y de la liquidación de las acreencias de los regímenes de compensaciones tarifarias de dicho período", indica la Resolución, que advierte que en caso de que se "verifique la falta de cumplimiento de las obligaciones previsionales se procederá a suspender en los citados beneficios y por el período correspondiente, a los prestatarios que se encuentren en dicha situación".
La Secretaría de Transporte publicará en su página web la información de los beneficiarios de los regímenes a fin de que puedan regularizar su situación en caso de corresponderle.
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