17:44 › UN DECRETO PARA LA TAPA DE LOS DIARIOS
Hace un año, la Corte Suprema de Juticia resolvió sobre la inconstitucionalidad de normas dictadas por las provincias que se pongan en contradicción con la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual cuando dictó un fallo en contra de la provincia de San Luis que intentó sancionar una ley de medios propia. El antecedente está a tono con la presentación por "inconstitucionalidad" del DNU firmado por el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri.
La causa había sido iniciada por la AFSCA, quien se presentó ante la Corte Suprema para solicitar la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 1-0735-2010 de la provincia de San Luis, junto con su decreto reglamentario. Asimismo, la entidad que controla la aplicación de la ley de medios también había solicitado el dictado de una medida cautelar consistente en la suspensión de la aplicación de la norma puntana.
En esa oportunidad, la AFSCA sostuvo que las disposiciones provinciales cuestionadas "se arrogaban jurisdicción sobre materias relativas a los servicios de radiodifusión, televisión abierta y por cable", que se prestan dentro de su territorio "lo cual implica una intromisión del gobierno local en su ámbito de competencia, y violenta disposiciones constitucionales".
Por su parte, la Corte Suprema primero se declaró competente para entender en forma originaria la causa y luego, con relación a la cautelar, el máximo Tribunal ordenó que se corriera traslado de la demanda a la provincia accionada y decretó la medida cautelar solicitada por la AFSCA, consistente en que la provincia de San Luis se abstenga de aplicar la norma local y el decreto reglamentario cuestionados.
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