17:42 › REFORMA DEL PODER JUDICIAL
Dos jueces federales ordenaron frenar la elección convocada para la nueva integración del Consejo de la Magistratura, al considerar que la reforma a ese órgano afecta "el equilibrio y la representación" previstos en el artículo 114 de la Constitución. Además, el juez de San Nicolás Martín Alberto Martínez dispuso en su fallo la inconstitucionalidad de la Ley que limita las medidas cautelares contra el Estado.
El juez federal de Mar del Plata Alfredo Eugenio López hizo lugar a un planteo del Colegio de Abogados de esa localidad. Ordenó al Poder Ejecutivo que suspenda la nueva conformación del Consejo de la Magistratura y frene el llamado a elecciones para representantes de los abogados.
En un fallo de cinco carillas, el magistrado afirmó que la reforma del Consejo aprobada por el Congreso es "incompatible" con el artículo 114 de la Constitución Nacional, que establece para el órgano "el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal". Según el juez López, la nueva conformación del Consejo de la Magistratura afecta el "equilibrio y representación previstos".
“Decreto medida cautelar ordenado al Poder Ejecutivo Nacional la suspensión de la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura como así también el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el 11 de agosto de 2013”, dice la parte resolutiva del fallo. El magistrado le corrió vista al Gobierno para que en siete días hábiles responda a la demanda.
En el mismo sentido, el juez federal de San Nicolás Martín Alberto Martínez ordenó al Poder Ejecutivo que "se abstenga de aplicar la Ley 26.855 debiendo suspender el llamado a elección formulado en el Decreto N° 577/2013, hasta tanto se resuelva en definitiva". Consideró que la norma que modifica el Consejo de la Magistratura "rompe el equilibrio exigido por la Constitución" y que la nueva conformación del organismo "refleja una hegemonía política que contraría el espíritu" de la Carta Magna.
Fue en respuesta a un planteo del abogado Ricardo de Felipe, presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados. Según el fallo, la ley "obliga al abogado matriculado -potencial miembro del Consejo- a abandonar el ámbito de su colegiación e incorporarse a un determinado partido político", lo que de acuerdo al magistrado frustra "el equilibrio entre lo político y otros estamentos no políticos" dentro del organismo.
Además, Martínez declaró la inconstitucionalidad de los artículos 4, 3 inciso 4, 9, 10, 13, 14 y 15 de la ley que establece limites a las medidas cautelares en las que se demanda al Estado.
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