14:21 › ECONOMíA
El decreto puso en vigencia la ley aprobada por el Congreso el 11 de septiembre último, que permite ingresar en la reestructuración de la deuda a los bonistas que no aceptaron hasta ahora la propuesta argentina y contempla los mismos beneficios de la reestructuración concretada en 2010. En el Boletín Oficial también se informó la puesta en marcha de las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias.
La norma de reapertura del canje suspende la vigencia de la denominada Ley Cerrojo y establece que la nueva convocatoria se realizará en "términos y condiciones financieras" similares a la operación concretada en 2010.
El artículo segundo del proyecto establece que los "términos y condiciones financieros que se ofrezcan no podrán ser mejores que los ofrecidos a los acreedores en el decreto 563/10". Otro artículo, deja el cierre del canje supeditado a la decisión del Congreso Nacional, para dar vía libre a la operación que oportunamente realizará el Ejecutivo.
El texto sostiene que quienes deseen participar deberán renunciar a los derechos que les correspondan como sentencias o laudos, o acciones legales iniciadas o que pudieran realizarse a futuro en relación a los títulos susceptibles de canje.
"Prohíbese ofrecer a los tenedores de deuda pública que hubieran iniciado acciones judiciales, administrativas, arbitrales o de cualquier otro tipo un trato más favorable que a aquellos que no lo hubieran hecho", señala su artículo 4.
En cuanto a la promulgación de la ley 26.893 del impuesto a las Ganancias, sancionada por el Congreso Nacional el 12 de septiembre pasado. La nueva legislación grava actividades financieras que no estaban comprendidas por el impuesto a las Ganancias, para compensar la suba del mínimo no imponible en los salarios.
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