13:32 › TRAS UN PEDIDO DE LAS CONCESIONARIAS
El Gobierno estableció que, teniendo en cuenta "la capacidad contributiva de los consumidores" y a fin de favorecer "una mayor equidad tributaria", las motos cuyo valor sean iguales o inferiores a los 28 mil pesos quedarán exentas del pago del impuestos a los bienes suntuarios, mientras que las que superen ese monto deberán pagar alícuotas de entre el 30 y el 50 por ciento. Lo mismo regirá para las embarcaciones que valgan hasta 125 mil pesos.
Según el decreto 2/2014, publicado en el Boletín Oficial, la motocicletas que tengan un valor de entre 28.001 pesos y 50 mil pesos, el gravamen será de 30 por ciento, mientras que los montos superiores estarán gravados con una tasa de 50.
Hasta ahora la exención regía para sumas iguales o inferiores a 22 mil pesos y se fijaban alícuotas de 30 por ciento para valores que llegaran hasta 40 mil pesos, y de 50 para sumas superiores.
En lo que respecta a las embarcaciones, se elevó de 100 mil a 125 mil pesos el precio de venta (sin considerar impuestos) a partir del cual se aplica el gravamen. Aquellas operaciones cuyo valor sea mayor a 125 mil pesos y de hasta 220 mil, deberán tributar una tasa de 30 por ciento, mientras las sumas superiores pagarán el 50.
El decreto señala en sus considerandos que se tuvo en cuenta "la capacidad contributiva de los consumidores" y que se propende a "una mayor equidad tributaria", y justifica luego las modificaciones en "razones de política económica" y señala que la vigencia de la medida se extenderá hasta el próximo 31 de diciembre.
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