Lun 10.07.2006

19:53  › NUEVO RECHAZO A REPRESOR

Fiscal ratifica facultades de diputados para rechazar a Patti

El ex subcomisario y ex intendente de Escobar, Luis Abelardo Patti, sufrió un nuevo revés a raíz de un dictamen del fiscal electoral Jorge Di Lello donde reconoció que la Cámara de Diputados tiene facultades para analizar y rechazar los títulos de sus miembros.

Patti había presentado un recurso de amparo contra la decisión de la Cámara de Diputados de impedir su ingreso al cuerpo, el 23 de mayo de este año, al entender que carece "de idoneidad ética y moral" como consecuencia de su actuación durante la última dictadura militar.

El ex subcomisario fue electo diputado nacional, en representación del Partido Unidad Federalista, en las elecciones del 23 de octubre de 2005, pero el 10 de diciembre no se le permitió jurar a raíz de los planteos en su contra que presentaron los diputados Miguel Bonasso, Remo Carlotto y Diana Conti.

Luego la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento emitió un dictamen de mayoría, impulsado por el kirchnerismo, recomendando que no se le permitiera jurar como diputado nacional.

Ese dictamen fue aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados en una extensa sesión del 23 de mayo, donde el oficialismo logró el respaldo del socialismo, el ARI, algunos radicales y los ex duhaldistas del Peronismo Federal, y el ingreso de Patti fue rechazado por 162 votos, contra 62.

Ante el planteo judicial del ex intendente de Escobar, el fiscal Di Lello ingresó al "fondo de la cuestión" en el dictamen que fue presentado este mediodía a la jueza federal con competencia electoral, María Servini de Cubría.

Como antecedente de esta presentación, Di Lello se había opuesto el 29 de mayo último a una "medida cautelar" por la que el ex policía pedía que se impida la asunción de su sucesor, Dante Camaño.

Ahora el fiscal fue "al fondo de la cuestión" y presentó un escrito de 36 carillas donde hizo un pormenorizado análisis de la cuestión con abundantes referencias al criterio del Procurador General Esteban Righi en su dictamen en la "causa Bussi", actualmente en trámite ante la Corte Suprema.

En ese sentido recordó que "el constituyente al investirlas (a las Cámaras) como juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros, les atribuyó competencia específica para decidir, en el sentido amplio del término, sobre aspectos que hacen a la habilidad de sus integrantes".

"Es decir que la Honorable Cámara de Diputados tiene atribuciones para emitir juicio sobre la idoneidad técnica y moral de aquellos que incorpora", resumió el fiscal citando el criterio de Righi en el antecedente del represor tucumano Antonio Domingo Bussi.

El dictamen presentado hoy a Servini de Cubría agrega que "ha quedado determinado que la idoneidad requerida consitucionalmente para ocupar un cargo público, aún en las hipótesis en que su legitimación provenga del voto, de la soberanía popular, abarca el concepto de idoneidad moral o técnica".

Di Lello recordó "la existencia de una pauta ética derivada del sistema republicano que prohíbe a las personas que participaron o consintieron regímenes de facto el acceso a la función pública".

"De allí se deriva que es una pauta ética valiosa y necesaria que los funcionarios públicos posean dichos valores democráticos y republicanos que no hayan participado en hechos que impliquen alzarse contra los poderes constitucionales constituidos y ejercer la suma del poder público", sostuvo el fiscal.

En su extenso dictamen efectuó una reseña de la documentación analizada y del derecho que tuvieron ambas partes para fundamentar sus posiciones y también tuvo líneas dedicadas al "discurso y la conducta" de Patti que no son "de los que permiten caracterizarlo como un enfático defensor" de los derechos humanos.

"La decisión (de la Cámara de Diputados) ha sido tomada razonablemente en el ejercicio de sus facultades privativas no excediendo el marco fijado por el artículo 64 de la Constitución Nacional por lo que la revisión judicial en modo alguno amerita modificar su contenido", concluyó.

Fuente: Télam

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