Jue 29.11.2007

00:00  › CáMARA DE DIPUTADOS DE LA PAMPA SANCIONó LEY QUE REGULA PROCEDIMIENTOS MéDICOS

Abortos no punibles garantizados

La Cámara de Diputados de La Pampa sancionó hoy la ley que regula el procedimiento que deben cumplir los médicos del sector público respecto a los abortos no punibles, a quienes además respeta la objeción de conciencia que formulen.

En tanto, el obispo de Santa Rosa, monseñor Rinaldo Bredice, expresó su "total repudio" a la norma, a la que consideró "claramente inconstitucional y un acto inhumano contrario a la Ley Natural".

"El aborto es un delito de lesa humanidad contra inocentes", advirtió el prelado pampeano, en un comunicado difundido tras la aprobación de la ley.

La sesión de diputados contó con una amplia concurrencia de practicantes católicos, quienes rezaron durante todo el debate y acusaron de "asesinos" a los legisladores.

Los diputados aprobaron el proyecto en esta última sesión de 2007, el cual se convirtió en ley por 18 votos a favor y 5 en contra.

De esta manera, La Pampa comenzará a regular el procedimiento a llevarse a cabo en los establecimientos sanitarios oficiales frente a casos de abortos no punibles, contemplados en el Código Penal desde 1921.

Los grupos católicos, comandados por la Diócesis de Santa Rosa encabezada por el sacerdote Juan Carlos Cipolla, sobresalieron con su cánticos, rezos y consignas durante la sesión de hoy.

En ese marco, cuestionaron a las integrantes de Mujeres por la Solidaridad, quienes portaban una bandera verde con la leyenda "Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, seguro y gratuito".

La reunión en Diputados, presidida por César Ballari, comenzó pasadas las 13 pero a los pocos minutos se pasó a un cuarto intermedio para que los titulares de los bloques políticos recibieran a una delegación de sacerdotes y fieles, portadores de una manifestación escrita en contra del proyecto del socialista Adrián Peppino.

Luego de una discusión, y retornado al recinto, el diputado Peppino expuso los fundamentos del proyecto por el cual el Estado pampeano garantiza sin necesidad de autorización judicial la realización de un diagnóstico y las intervenciones médicas necesarias para la interrupción del embarazo.

A la vez, promueve atención médica y psicológica de la mujer pre y post aborto en las situaciones tipificadas en el artículo 86 del Código Penal, que se refiere a casos de "peligro para la vida o para la salud integral de la mujer y en caso de violación a una mujer idiota o demente".

Por otra parte, destaca que los médicos que por razones de conciencia no quieran practicar esos abortos deberán manifestarlo por escrito a las autoridades del hospital dentro de los 30 días siguientes de promulgada la norma.

El proyecto ingresó a la legislatura pampeana el 7 de septiembre de 2006 y recién fue aprobado por unanimidad la semana pasada en la Comisión de Legislación Social y Salud Pública.

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