• SUBNOTA
Los compradores de moneda extranjera a quienes la AFIP les rechazó la operación deberán presentarse en la agencia del organismo correspondiente para detectar la inconsistencia que originó la reprobación y certificar su situación fiscal. En las dependencias fiscales se realizará una comparación para establecer si la persona puede o no comprar dólares de acuerdo a una matriz, confeccionada por la AFIP, donde se fija cuántos dólares puede comprar cada individuo de acuerdo con el flujo de fondos declarados.
"El sistema está funcionando perfectamente y quienes no pudieron comprar dólares es a causa de alguna inconsistencia, que hasta puede ser involuntaria, que deberá evaluarse en la agencia correspondiente", explicó un vocero de la AFIP. La aclaración surgió luego de la cantidad de quejas que se conocieron a partir de la gran cantidad de operaciones que no fueron avaladas por la AFIP.
Quienes deseen comprar moneda extranjera pueden realizar la consulta previamente en la página de AFIP y conocer su situación fiscal ante esa operación. El portavoz afirmó que "que no hay ningún tipo de colapso en la página de AFIP" y aclaró que los rechazos obedecen a una situación irregular del individuo ante el fisco. También se puede consultar en el 0-800 de AFIP.
Las personas que están bajo relación de dependencia o monotributo podrán gestionar que se les habilite un monto mayor, si presentan los recibos de sueldo en la dependencia que corresponda a su domicilio. La sugerencia es que se concurra con DNI a la oficina de la zona.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux