• SUBNOTA
La ley que consiguió media sanción ayer en la Cámara baja fue criticada por el presidente del CELS, Horacio Verbitsky, quien consideró "que establece en forma inapropiada un incremento al doble" de las penas máximas y mínimas de todos los delitos si se cometieran bajo la figura de terrorismo al modificar el inciso 5 del artículo 41 en el Código Penal.
El presidente del CELS consideró un "absurdo" agravar la pena de todos los delitos por la posibilidad de que estén vinculados al terrorismo porque "crea un desequilibrio" en el Código Penal y estos hechos "pueden terminar teniendo penas más altas que delitos más graves". En ese sentido, calificó de "matete jurídico" el proyecto que permitirá además dictar prisiones preventivas eternas por delitos leves por estar relacionado con supuestos acto de terrorismo.
"La ley debe ser clara y precisa, pero en este caso se habla de 'delitos destinados a aterrorizar a la población', lo cual es de una amplitud aterrorizante. Y además nos preocupa el contexto de este proyecto porque es una exigencia del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) bajo la amenaza de excluir a la Argentina" de ese organismo, resaltó Verbitsky.
El periodista afirmó que si la semana próxima el Senado aprobara el proyecto de ley repetiría "la misma técnica que se usó en el 2004, por la presión del Juan Carlos Blumberg", padre del chico secuestrado y asesinado Axel Blumberg.
Verbitsky rescató que la norma establece que estos hechos sean analizados por jueces federales y no por jueces provinciales, pero sostuvo que "lo superfluo de la reforma" queda demostrado con la aclaración hecha por el Poder Ejecutivo en torno a que la figura de terrorismo no se aplicará en caso de que se superponga a "derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional".
Antes de que el proyecto fuera votada en la Cámara baja, el CELS emitió un comunicado en el que advirtió que la legislación antiterrorista utiliza conceptos tan abiertos e imprecisos que “hacen posible la aplicación de estos agravantes a la gama de figuras penales típicamente utilizadas para la criminalización de la protesta social: en la persecución de resistencias a desalojos, cortes de vías de circulación o simples actos de protesta en el espacio público”.
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