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Martes, 22 de octubre de 2013
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Podr谩 ejercer profesionalmente por decisi贸n de la Corte Suprema

Amelong recuper贸 la matr铆cula

El fallo permite que quien cumple condena por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar, siga ostentando su matr铆cula de abogado. Amelong cumple condena por los delitos de secuestros, torturas y desaparici贸n forzadas de personas.

Por Jos茅 Maggi
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Guti茅rrez, Falistocco, Spuler y Netri votaron para que conserve su matr铆cula.

La suspensi贸n de la matr铆cula al represor Juan Daniel Amelong decidida por el Colegio de Abogados de Rosario, fue revocada por la Corte Suprema de Justicia provincial en un fallo dividido. Mientras Rafael Guti茅rrez, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler y Mario Netri votaron para que conserve su matr铆cula, Mar铆a Ang茅lica Gastaldi y Daniel Erbetta

se opusieron. Amelong es un ex teniente que form贸 parte del cuerpo de Inteligencia que oper贸 en los centros clandestinos de detenci贸n Quinta de Funes y F谩brica Militar Domingo Matheu, y cumple condena por los delitos de secuestros, torturas y desaparici贸n forzadas de personas en el penal de Marcos Paz, y est谩 siendo juzgado en los tribunales federales locales por la segunda parte de la causa Guerrieri.

El fallo -fechado el 8 de octubre- permite que quien cumple condena por delitos de lesa humanidad cometidos durante la 煤ltima dictadura militar, siga ostentando su matr铆cula de abogado, y lo dio a conocer reci茅n ayer el presidente de Colegio rosarino, Ignacio Del Vecchio, quien adelant贸 "que esta instituci贸n defender谩 ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n la decisi贸n de su Directorio de inhibir el ejercicio profesional al matriculado Amelong, hallado culpable de delitos de lesa humanidad y condenado a prisi贸n por el Tribunal Oral Federal N潞 1 de Rosario".

La v铆a del m谩ximo tribunal de justicia de la Argentina qued贸 abierta para presentar el caso luego de que la Corte Suprema santafesina decidiera no admitir el recurso presentado por el Colegio contra la decisi贸n de la C谩mara de Apelaciones en lo Penal de Rosario que rehabilit贸 la matr铆cula de Amelong a su pedido.

La decisi贸n de la Corte santafesina no fue un谩nime, ya que su presidenta, Gastaldi, y el ministro Erbetta votaron por abrir el recurso y considerar el tema, con s贸lidos argumentos que no compartieron los dem谩s integrantes. La mayor铆a, apoyada en cuestiones formales y en distinta interpretaci贸n de normas legales y estatutarias, entendi贸 que no hab铆a raz贸n para revisar el fallo de la C谩mara.

En sentido opuesto, Gastaldi expres贸 textualmente: "Entiendo que el recurso de inconstitucionalidad debe declararse admisible". Gastaldi entiende que la sentencia de la Sala que revoc贸 lo decidido por el directorio del Colegio de Abogados, de suspender la matr铆cula, debe ser analizada por la Corte.

En efecto, el "sub lite" (tema en litigio) trata del alcance interpretativo de la disposici贸n del art铆culo 295, inciso 1, de la ley 10.160, relativo a las condiciones consignadas para habilitar al directorio del Colegio de Abogados a proceder a cancelar la matr铆cula de uno de sus respectivos colegiados.

En esta l铆nea de razonamiento "esta disposici贸n s贸lo establece como hecho antecedente que medie condena a pena privativa de la libertad por delitos dolosos y de cumplimiento efectivo. En el caso, el referido directorio interpret贸 que el supuesto contemplado por la norma legal se encontraba configurado".

Gastaldi tambi茅n remarca que "a los Colegios Profesionales les han sido conferidas atribuciones para velar por las condiciones del ejercicio profesional en resguardo de intereses p煤blicos, y para verificar el cumplimiento de los est谩ndares m铆nimos exigidos".

Por su parte Erbetta opin贸 que "la gravedad de las violaciones a los derechos humanos que motivaran la condena penal a encierro efectivo sumada al comportamiento del condenado a lo largo del proceso demuestra una actitud claramente negacionista de los delitos que han victimizado masivamente a mujeres y hombres de nuestra sociedad, incluidos muchos abogados que honraron su compromiso profesional precisamente mediante la defensa de los derechos humanos. Justamente, el respeto a las normas que regulan la profesi贸n de abogado y a la propia Constituci贸n nacional y provincial no se agota en el cumplimiento formal de sus pautas sino que exige de quien pretenda ejercer tal digna profesi贸n que su comportamiento no sea destructivo o lesivo a la existencia misma de la comunidad".

En otra parte de su voto, considerando que Amelong se encuentra en prisi贸n, expuso el argumento adicional de que "debe tenerse en cuenta que la efectiva privaci贸n de libertad se erige adem谩s como un impedimento f谩ctico para el ejercicio profesional y una adecuada y responsable defensa de los intereses de terceros".

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